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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1124300  por Romitesta
 
Buenos días.
Hace un tiempo inicie una RTI con regularidad de aportes (monotributista).
Notificaron el dictamen con el 70 % de incapacidad pero antes de que Anses resolviera el titular falleció.
Tienen derecho a la pensión la hija menor de edad y la concubina cuyo expediente de convivencia inicie y aùn no hay resolución.

Tengo la siguiente inquietud y si alguien tuvo un caso similar le agradezco que me informe como lo resolvió.
Hay que vincular el CUIT del fallecido al de la hija menor de edad y al de la concubina?.
Tengo que volver hacer la liquidación del SICAM?.
Fui a Anses donde tengo el turno, consulte con dos iniciadores pero no supieron decirme con certeza que debía hacer.
 #1124372  por consultoraigsa
 
Romitesta escribió:Buenos días.
Hace un tiempo inicie una RTI con regularidad de aportes (monotributista).
Notificaron el dictamen con el 70 % de incapacidad pero antes de que Anses resolviera el titular falleció.
Tienen derecho a la pensión la hija menor de edad y la concubina cuyo expediente de convivencia inicie y aùn no hay resolución.

Tengo la siguiente inquietud y si alguien tuvo un caso similar le agradezco que me informe como lo resolvió.
Hay que vincular el CUIT del fallecido al de la hija menor de edad y al de la concubina?.
Tengo que volver hacer la liquidación del SICAM?.
Fui a Anses donde tengo el turno, consulte con dos iniciadores pero no supieron decirme con certeza que debía hacer.
Romi primero que nada buenos días, es una situación compleja la que contas. Al titular antes de que fallezca no le habian otorgado numero de beneficio?

1) Antes que nada lo que tenes que hacer es una COPRE (convivencia previsional), para ello tenes que llevar el certificado de convivencia, el certificado de defuncion, acta de nacimiento de la hija menor, impuestos de cada uno que verifiquen que tenian el mismo domicilio al momento de fallecimiento, poliza del seguro de sepelio si tenes (te pongo tantas cosas porque por lo menos aca en UDAI MZA son un poco resistentes a las copres y piden muchas pruebas.

2) Si el RTI estaba favorable y con numero de beneficio lo que tenes que pedir es una pension derivada.

3) SI EL RTI no estaba resuelto lo que tenes que hacer es que la concubina haga la vinculacion con el difunto en AFIP (con el acta de defuncion) para que vos puedas trabajar el SICAM (al cual tenes que darle la baja, y en datos para la liquidacion en vez de retiro transitorio tenes que poner pension y cargarle la fecha de defuncion)

4) El modo de trabajar la pension tiene mucha similitud con los RTI asique en eso no te va a costar.

Saludos! Y cualquier cosa que necesites ayuda aca estaremos!

FELICES FIESTAS A TODOS!
 #1124414  por hugo2
 
Romitesta escribió:Buenos días.
Hace un tiempo inicie una RTI con regularidad de aportes (monotributista).
Notificaron el dictamen con el 70 % de incapacidad pero antes de que Anses resolviera el titular falleció.
Tienen derecho a la pensión la hija menor de edad y la concubina cuyo expediente de convivencia inicie y aùn no hay resolución.

Tengo la siguiente inquietud y si alguien tuvo un caso similar le agradezco que me informe como lo resolvió.
Hay que vincular el CUIT del fallecido al de la hija menor de edad y al de la concubina?.
Tengo que volver hacer la liquidación del SICAM?.
Fui a Anses donde tengo el turno, consulte con dos iniciadores pero no supieron decirme con certeza que debía hacer.
No tenes que hacer nada, solo acreditar el vinculo con el causante.
 #1124468  por alejandra01
 
tengo presentada una pensión donde vinculé el cuit de un menor al cuit del causante.
Esta semana mandé a que vinculen el cuit con el del otro menor (hijo de otra madre) al afip y le dijeron que no se vincula más de una vez.
En todo caso debés iniciar la del menor, y cuando se resuelve (mientras haces la convivencia) haces inclusión de la viuda. Supongo que debe ser así, tal como me dijo Hugo y tengo que hacer yo..
saludos.
Romitesta escribió:Buenos días.
Hace un tiempo inicie una RTI con regularidad de aportes (monotributista).
Notificaron el dictamen con el 70 % de incapacidad pero antes de que Anses resolviera el titular falleció.
Tienen derecho a la pensión la hija menor de edad y la concubina cuyo expediente de convivencia inicie y aùn no hay resolución.

Tengo la siguiente inquietud y si alguien tuvo un caso similar le agradezco que me informe como lo resolvió.
Hay que vincular el CUIT del fallecido al de la hija menor de edad y al de la concubina?.
Tengo que volver hacer la liquidación del SICAM?.
Fui a Anses donde tengo el turno, consulte con dos iniciadores pero no supieron decirme con certeza que debía hacer.
 #1124511  por Romitesta
 
Si bien el dictamen otorgo el 70 % de incapacidad, el titular falleció antes de que otorguen el nùmero de beneficio y este acordado.
La convivencia previsional ya la hice pero aùn no tiene resolución.
Pensaba vincular el cuit del causante con la menor en AFIP y hacer la posterior inclusión de la concubina para que puedan percibir el beneficio.
El tema es que al ser menor, como nunca tuve un caso de estas características no sè si afip vincula el cuit de la menor con la madre como representante natural y a su vez el cuit del causante.
Por otro lado una iniciadora me dijo que debía hacer la liquidación de SICAM nuevamente y a mi me suena que no es asi, porque perderìa todo el retroactivo de la RTI, porque al fallecer el titular cumplia el requisito de regularidad de aportes y de porcentaje de incapacidad, no?.
Gracias por sus respuestas!.