Hola. Tengo una tarjeta de credito mia y una extension de mi madre quien fallecio pero tiene cuotas aun impagas de una compra que realizo. En este caso aplica alguna clausula de cancelacion de la deuda por fallecimiento? O algun seguro de vida? Aclaro que la tarjeta de ella es una extension de la mia... pero ahora tendria que hacerme cargo de sus gastos. Les agradezco si me ayudan.
No asumes la deuda de tu madre, en ninguna legislacion las deudas de tarjetas de creditos deben considerarse una herencia, la que responde por sus deudas es el Seguro de vida que ella tenia en su tarjeta adicional.
Tambien tienes que cobrar el seguro de vida con el que ella contaba o estaba cubierta como adicional a tu tarjeta de credito.Para ello necesitas abrir su sucesion, si no hay bienes, solo pones en el acervo sucesorio.
Acervo sucesorio. Credito a Cobrar de un Seguro de vida.
Sale rapida la sucesion y no tienes que pagar tasa alguna porque los Seguros de vidas a Cobrar, no entran en la sucesion, sino que es un instituto distinto al de la herencia.
Presentas el Testimonio de la Declaratoria de herederos para acreditar el vinculo con la beneficiaria del Seguro de vida y deben pagartelo.
Suerte!!!