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 #1124842  por emilianolc
 
Estimados,
Tengo que iniciar un reclamo por un siniestro y solo quiere ir contra el responsable, sin demandar al seguro.
La pregunta que me hago es cual es el juez competente para entender. Demando directamente en el domicilio del principal? o la existencia del seguro me arrastra la competencia al domicilio de este?
Les agradezco si me pueden sacar esta duda ya que nunca hice seguros y quizás se me esta escapando algo (mas allá de que ya me leí todo y no encontré nada al respecto)
Un saludo y gracias.
 #1124867  por legalescom
 
No se a qué jurisdicción te referís, pero el Cód. Proc. de Capital, igual al de Pcia. de Bs As., dice:

Art. 5 .....

4) En las acciones personales derivadas de delitos o cuasidelitos, el lugar del hecho o el del domicilio del demandado, a elección del actor.

5) En las acciones personales, cuando sean varios los demandados y se trate de obligaciones indivisibles o solidarias, el del domicilio de cualquiera de ellos, a elección del actor.

Por otra parte al seguro no se lo demanda, se lo cita en garantía, si no lo hacés vos, lo va hacer el demandado.
 #1124924  por emilianolc
 
Muchas gracias PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com
El problema es que el seguro no tiene domicilio en Argentina y de acuerdo a los libros que leí, debería demandarlo en su país