Super8, es un caso concreto el consultado, hay una caja otorgante y otra participante todo lo que escribiste está bien pero tiene que usar la 24476 para completar los 35 años que exige la caja de abogados. Otorgante es la caja de abogados y participante (anses) escribistes cosas del tiempo de ñaupa sabidas que han cambiado o no son aplicables a este caso. Los profesionales somos los unicos que podemos jubilarnos por las dos si reunimos 30 años en anses y 35 en la caja de abogados de lo contrario es una jubilacion con participacion de anses. Reciprocidad existe entre anses y cajas provinciales, ips por ejemplo pero no con cajas profesionales que se consideran privadas. En este caso anses que tiene menos aportes participa.