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  • contesta demanda vía exhorto

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Consultas sobre comportamientos de los Estados y sujetos internacionales.
 #1117727  por marcede
 
Estimados ,debo contestar una demanda de alimentos a Brasil. pregunto contesto demanda conforme la legisl Argentina. LUEGO tengo q pedir se libre exhorto? que pasa con la traducci{on del texto.
yo recib{i la demanda a traves de ced de notifif del juzg de san isidro, la cual contenía el exhorto , el texto traducido y el orignial.
por favor alguien que m oriente como hacerlo. mil gracias.
 #1121648  por slipping
 
Respondé la demanda, y utilizá el salvoconducto del art. 2602 del CC y C (foro de necesidad), en subsidio se efectivice exhorto... es lo que se me ocurre. Las reglas del dcho internacional privado del nuevo CC y C, aún mantienen la competencia del juez del centro de vida del niño, cuando se trate de cuestiones que a ellos atañen... pero a la vez el artículo que te cito, contempla la eventualidad de que pueda existir "denegación de justicia". Seguidamente tendrías que buscar todos los convenios que existen entre Argentina y Brasil. Recuerdo un viejo caso de un colega, en cuya resolución no fue necesario acudir a las reglas del dcho internacional privado estrictamente, porque pudo resolverse apelando a las disposiciones de los Tratados de Montevideo (el tema era con Uruguay) y no tengo dudas que con Brasil debe existir algo similar...
Asimismo los arts. 2607 y 2608 del CC y C te permiten argumentar sobre la atribución de competencia en el domicilio del demandado... y el art. 2612 admite la "asistencia procesal internacional" lo que habilitaría que el juicio tramite entre ambos países mediante "exhortos activos" que el juez puede disponer de oficio...
Espero haberte ayudado un poco, al menos. Saludos!
 #1125301  por garojkin
 
Coincido con el colega, pero asi mismo te recomiendo que hagas la traduccion certificada de la contestacion de la demanda.

Saludos