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  • HABEAS CORPUS Directo en Casación. Viabilidad

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 #1124172  por drasaifeliza
 
Buen día tengo un caso penal donde le denegaron la libertad condicional a mi defendido aún con informe favorable de la penitenciaría donde se considera conveniente otorgar tal beneficio. Ya con anterioridad le habían denegado la libertad asistida en base a q el informe sugería q era inconveniente otorgarle tal lib asistida . En aquella oportunidad apelé y la cámara confirmó la denegatoria y también posteriormente presenté H Corpus el q fué denegado por la cámara dado q tocó la misma sala. Por eso ahora no quiero apelar la denegatoria de la libertad condicional x parte del tribunal ya que se que la cámara o al menos intuyo q ésta va a confirmar la resolución. La cuestión es q pienso presentar un Hábeas corpus directo a casación y tengo la duda si es viable el H.C. directo en ante la misma . En si es para no perder tiempo porque la cámara, como dije anteriormente intuyo que va a confirmar la denegatoria y ésto lo digo porque cuando confirmó denegatoria de la lib asistida lo hizo y al igual que el háb corpus, prácticamente repitiendo palabras mas palabras menos, la resolución denegatoria del tribunal. por ello en definitiva la pregunta es si puedo presentar directamente el hábeas corpus en casación , me refiero a la plata dado q es en pcia de Bs As. Espero respuestas. Gracias
ú
 #1124238  por Bracoo
 
Pero la cámara la vez anterior confirmó teniendo un dictamen desfavorable, tendrías que probar ahora que tenés uno favorable.

Yo al menos agotaría esa via.

Saludos
 #1125085  por slipping
 
Pero la tenés también la posibilidad del HC originario ante Casación, dado que si la Cámara ya emitió opinión no debe intervenir nuevamente. El plenario de Casación dice que el HC se interpone ante el Juzgado o Tribunal y será alzada la Cámara departamental, siempre que ya no hubiera emitido dictamen previo por la misma cuestión.
 #1125323  por Juannabla
 
Creo que deberías ir a la cámara ( si está detenido podés hacerlo ahora y te toca la de feria que por ahí no componen los mismos jueces) y recurrir en casación la eventual negativa. No estoy de acuerdo sobre la preexistencia de un dictamen adverso ya que ni es la misma circunstancia, ni es el mismo pedido, y tampoco es el mismo tiempo.

Saludos