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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1125310  por Pipi
 
Hola! les hago una pregunta... tienen idea si en el caso en que un cliente no haya abonado monotributo o autonomo habiendose inscripto y al dia de la fecha teniendo deuda puede incorporarse a la nueva moratoria esos periodos? Porque si tiene que pagar lo que debe para entrar en la ley vieja es una fortuna, si los renuncio no tengo donde comprar años...
Entonces se me ocurrio incorporarlos a la ley nueva como deuda.. se puede?????
Porque se inscribio en el 82 hasta el dia de la fecha, y cuando limpio lo que puedo prescribir y renunciar me quedo solo con 6 años! y de pagar tiene aproximadamente 1500 por año para dejarlo en cero!
 #1125321  por periquita
 
Podés tomar en la moratoria hasta 12/2003.

Saludos
 #1125356  por Pipi
 
periquita escribió:Podés tomar en la moratoria hasta 12/2003.

Saludos
Gracias peri, puedo entonces renunciar, prescribir... Como lo hacemos habitualmente y aquello que genera deuda puedo incluirlo en la nueva ley... Superponiendola con la deuda q generó el l sr....