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  • HOMICIDIO CULPOSO AGRAVAD POR LA CONDUCCIÓN ANTIREGLAMNTARIA

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 #1125384  por LegalMendoza
 
Buenos días colegas, me ha llegado un caso y les consulto a ver que opinan. Un señor muere en un accidente, la caratula es "HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO POR LA CONDUCCIÓN ANTIRREGLAMENTARIA" según el expediente penal y la representación criminalistica que consta en dicho expediente toda la culpa es del conductor del vehículo, el señor que lo embistió tiene seguro pagado y con carnet habilitante el dosaje de sangre dio 00, en definitiva no hay causal para que la compañia de seguro no responda. Me dirijo a la compañía y me ofrecieron $10.000 (diez mil) pesos, el señor tenia 82 años de edad al fallecer, era jubilado y los únicos derecho-habientes son tres sobrinos cosanguineos (en 3º grado).

a mi entender tienen derecho a reclamar los gastos de sepelio y el daño moral cada uno de ellos sin necesidad de declaratoria de herederos ya que el daño moral no ingresa en el acervo hereditario.

Mis preguntas son las siguientes:

Solo corresponde daño moral y gastos de sepelio?
Se encuentran legitimados estos tres sobrinos al cobro por daño moral?
En caso de ser positivas las respuestas, como valoro el daño moral para cada uno?
 #1125417  por jmanuel212
 
Hola, mi humilde opinión a tenor del nuevo CCC, entiendo que los sobrinos no están legitimados. El Art. 1741CCCN establece: “Indemnización de las consecuencias no patrimoniales. Está legitimado para reclamar la indemnización de las consecuencias no patrimoniales el damnificado
directo. Si del hecho resulta su muerte o sufre gran discapacidad también tienen legitimación a título
personal, según las circunstancias, los ascendientes, los descendientes, el cónyuge y quienes
convivían con aquél recibiendo trato familiar ostensible. La acción sólo se transmite a los sucesores
universales del legitimado si es interpuesta por éste. El monto de la indemnización debe fijarse
ponderando las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas
reconocidas”.