Romina34 escribió:no entiendo cuál es la pregunta...gracias por responderme Romina la clienta sigue de licencia por stress desde 10/2015 pero tambien se detecto un hiatus longitudinal en las cuerdas vocales , de tantos llamados 200 por dia, que la art no reconoce como profesional (Decreto 658/96, Listado de Enfermedades Profesionales para el Agente de Riesgo) entonces mañana con ese alta de la art dode a otorrino dice enfermedad profesional , se dirigirá a la superintendencia de riesgos trabajo, a ver si podemos hacer que le cubran foniatria...por lo menos ya que el daño fue laboral-despues de 5 años -
pero por lo que contas, lo que te puedo aportar es:
-contar con un médico que establezca la enfermedad y la causa
-si se trata de una enfermedad laboral, ella puede hacer la denuncia ante la ART. No es solo el empleador quien haga la denuncia.
en base a la causa, se deberá avanzar.
si es inculpable, estará de licencia y te regiras por la LCT y las licencias pagas
si es profesional, deberás seguir con la ley de ART
saludos,
y el sueldo? pasados los 3 meses deja de computarse? ella cumplio 5 años en plena licencia...y el 27/1/16 cumple estos tres meses.?
gracias por responderme, saludos