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 #1125559  por godafesto
 
Hola. Empece a estudiar para mandatario y hay algo que no explicaron bien y no me quedo muy claro acerca de la parte impositiva de los tramites a la hora de hacer una inscripcion inicial, transferencias, etc.
¿Que es lo que hay que pagar para que se pueda hacer el tramite (ademas de las solicitud tipo y aranceles?
Hay que tener la patente al día, no tener infracciones ¿y el impuesto de sellos que es?
¿Como es el tema de los formularios 13, 13i,etc quien los llena, donde se piden, en que momento se presentan, donde se consiguen?
Gracias.
 #1125761  por Ezerodo
 
Buenas noches, soy Mandatario del automotor habilitado a nivel nacional desde el año 2013. Con respecto a tu consulta es lõgico que te sujan dudas ya que estos temas x la intensidad del curso son dados muy a la ligera. Pero bueno espero tratar de orientarte un poco, pero te aclaro q se aprende mucho en la calle.
La dnrpa es el organismo de aplicacion del RJA t.o. dto.ley 1114, todos los procedimientos se detallan en el DNTR de la dnrpa, a su vez en circulares, disposiciones y resoluciones, entre otras.
Por lo tanto todos los tramites deben presentarse en el registro correspondiente con todos sus requisitos como lo es en inscripciones y otras. Todo tramite debe solicitarae en ST o Form pagando los aranceles correspondientes y segun el caso las infracciones y deuda de patentes. Con respecto a tu consulta sobre inacripcion, llevan form 13 o 31 s/corresponda y el sellado varia segun la provincia y el año del vehiculo -esto lo podes ver en el codigo fiscal-. Tambien hay moras de corresponder. Por ej: Un automotor municipalizado en La Matanza (Bs As) año 89 esta eximido del pago de sellados (3% en Bs As). Si se va a CABA lleva: 08,12,13i,31c,13A de caba.