jotacet escribió:Hola, lamento haber respondido el tema con tanta demora, el tema en cordoba es el siguiente:Disculpame que abuse de tus conocimientos pero te quiero consultar sobre este tema. Siendo como decís que la Provincia de Córdoba no adhiere a la Ley nacional de Tránsito, al efectuar la policía caminera una multa sobre la ruta nacional 38 que facultades tiene al ser jurisdicción naqcional y de tenerla que ley se aplica siendo que la multa la confecciona una autoridad provincial pero la supuesta infracción se comete sobre ruta nacional? además de esto veo que en la multa el número de radar móvil está mal escrito siendo que no conicide con los números consignados en las homologaciones online del inti. desde ya muchas gracias
Existe una equivocacion muy grande con respecto a que ley usar por parte de la mayoria de colegas de otroras provincias: la ley a aplicar es la 8560 mod por la 9169.- Y NOOOO LA LEY NACIONAL 24449.- Por Que? porque la ley 24449 Ley nacional de transito en su Art. 2 invita a las provincias a adherir y cordoba no adhiere y crea su propia ley la 8560 luego modificada.-
En la ley provincial en la parte de procedimiento se deja en claro que la primer notificacion y unica (antes de la sentencia) se va a dar cuando el infractor recepcione el acta labrada por la policia caminera por el solo acto de la recepcion (por lo que no importa si la firmaste o no, ademas si no la queres firmar van a buscar un testigo que diga que no queres firmar el acta y lo van a hacer constar en la infraccion)
En cuanto al cinemometro es totalmente legal y mas si tiene vigente la homologacion del inti hay una ley o decreto pero no lo recuerdo...
Por lo que tenes 3 opciones frente a una multa:
1) la pagas. y con respecto a esto, vas a tener un descuento de puntos si el acta tiene descuento.- (En tu caso si es velocidad tipo 1 no tiene descuento de puntos) (cordoba tiene un sistema de descuento de puntos en la cual, cada persona empieza con 20 puntos y cada infraccion te descuenta, cuando perdes el total, el ultimo juzgado donde se descontaron puntos te va a inhabilitar por uno o dos meses, con notificacion a tu domicilio. Si te agarran manejando en cordoba marche preso!!!) Otra equivocacion comun es pensar que solo se aplica a la gente con carnet obtenido en cordoba provincia. Esto no es asi, porque cada persona que entra a cordoba y obtiene una infraccion queda registrada en repat y con eso basta para hacer el descuento e inhabilitar.-
2) haces el descargo: demas esta decir que el descargo tiene qeu ser con causa justificable y no solo contrariar lo que dice el agente.- ya que el juzgado ante una contradiccion va a creerle al agente ya que da fe publica de lo actuante.- ademas si te sale una condena es por el maximo de la multa seguro.-
3) no haces nada, te comes una sentencia de rebeldia de cajon por el maximo de la multa, te la notifican bien a tu domicilio y esperas a que te caiga el oficial de justicia a embargarte bienes muebles.-
LOS PLAZOS DE DESCARGO NO SON FATALES!!!! es decir si no hay todavia una sentencia podes presentar tu descargo.-
Bueno fue largo pero espero les haya servido.-
cualquier cosa no dejen de preguntar.-