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  • Abogado del trabajador puesto por la empresa

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 #1125562  por Blarouson
 
Hola a todos. Les hago la siguiente consulta: resumo el caso. Son tres trabajadores que fueron "despedidos verbalmente" juntos, en el mismo hecho, (sé que no existe el despido verbal, pero lo cuento así para que se entienda), y luego la empleadora los llevó al SECLO, les puso el abogado y dos de ellos "conciliaron". En este caso (se trata de dos hermanos), las indemnizaciones que pactaron fueron muy bajas en relación al puesto y antigüedad, son operarios calificados. Los rubros en el acta de cierre son indemnización por despido, antigüedad, preaviso y liquidación final, art 80 y 132bis y renuncia a los demás rubros (que no los nombra).
El tercero, al que también le sacaron turno al SECLO, no pudo concurrir porque enseguida consiguió trabajo y no le daban los horarios, después de que pasaron meses, el "despido" fue en Mayo de este año, me vino a ver en Noviembre (es el que trae a los otros dos). Hago el intercambio y me responden con el 241 LCT.
Cómo lo encararían? Planteando la nulidad del Acuerdo en SECLO (está homologado) y una misma acción para los 3?
Desde ya gracias por las opiniones.
 #1125756  por Blarouson
 
Si, no aclare, tenes razón, lo que me plantean es la disolución del contrato por voluntad de las partes, la parte final del 241. Gracias por tu respuesta.
Dejo dicho que buscando jurisprudencia, sobre todo de Cámara, hay bastante respecto de nulidad del acuerdo del SECLO, entre otras hipótesis, porque la asistencia letrada del trabajador se la proporcionó la empleadora.
Respecto de la disolución del contrato, entiendo que lo que tengo para pelearla son los testigos (a los 3 los echan en el mismo momento), una liquidación sin firma de la empresa (parece simple copia, pero así también eran las notificaciones de la sanciones) y que el turno en el SECLO lo saco el abogado de la demandada, veremos si sirve.
Saludos!
 #1125878  por andresxeneizes
 
Blarouson escribió: Dejo dicho que buscando jurisprudencia, sobre todo de Cámara, hay bastante respecto de nulidad del acuerdo del SECLO, entre otras hipótesis, porque la asistencia letrada del trabajador se la proporcionó la empleadora.
pero tu cliente hizo acuerdo en el seclo? si entendi bien no habia firmado el acuerdo, entonces de que nulidad estamos hablando?
Blarouson escribió: Respecto de la disolución del contrato, entiendo que lo que tengo para pelearla son los testigos (a los 3 los echan en el mismo momento), una liquidación sin firma de la empresa (parece simple copia, pero así también eran las notificaciones de la sanciones) y que el turno en el SECLO lo saco el abogado de la demandada, veremos si sirve.
Saludos!
a ver, el tema es asi si no lo entendi mal
1) a tu cliente lo echan de palabra
2) ahora bien, tu cliente despues se considero despedido mediante tcl?