Hola a todos. Les hago la siguiente consulta: resumo el caso. Son tres trabajadores que fueron "despedidos verbalmente" juntos, en el mismo hecho, (sé que no existe el despido verbal, pero lo cuento así para que se entienda), y luego la empleadora los llevó al SECLO, les puso el abogado y dos de ellos "conciliaron". En este caso (se trata de dos hermanos), las indemnizaciones que pactaron fueron muy bajas en relación al puesto y antigüedad, son operarios calificados. Los rubros en el acta de cierre son indemnización por despido, antigüedad, preaviso y liquidación final, art 80 y 132bis y renuncia a los demás rubros (que no los nombra).
El tercero, al que también le sacaron turno al SECLO, no pudo concurrir porque enseguida consiguió trabajo y no le daban los horarios, después de que pasaron meses, el "despido" fue en Mayo de este año, me vino a ver en Noviembre (es el que trae a los otros dos). Hago el intercambio y me responden con el 241 LCT.
Cómo lo encararían? Planteando la nulidad del Acuerdo en SECLO (está homologado) y una misma acción para los 3?
Desde ya gracias por las opiniones.
El tercero, al que también le sacaron turno al SECLO, no pudo concurrir porque enseguida consiguió trabajo y no le daban los horarios, después de que pasaron meses, el "despido" fue en Mayo de este año, me vino a ver en Noviembre (es el que trae a los otros dos). Hago el intercambio y me responden con el 241 LCT.
Cómo lo encararían? Planteando la nulidad del Acuerdo en SECLO (está homologado) y una misma acción para los 3?
Desde ya gracias por las opiniones.
Blarouson