Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Deuda Tarjeta de Credito Santander Rio Visa

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #1122964  por egedwillo
 
Hola

Tengo una deuda de aproximadamente $17000 con el banco santander rio sin contar los intereses, esto me lo informaron por una carta mandada por correo argentino notificando la situacion, especificando que santander ri odaba por finalizada la relacion comercial en base a las normal generales especificadas en su contrato de supercuenta, dandome un maximo de 5 dias para pagar la deuda o de lo contrario el banco iniciaria acciones legales.

Quisiera saber como proceder en este caso, si puedo pagar la deuda en partes si hablo con el banco.

Gracias.
 #1126581  por BUENOOLGADOMINGA
 
DEUDAS DE TARJETAS DE CREDITOS:
Aunque es muy común pagar con tarjeta en 3, 6, 12 o más cuotas sin interés, hay muchas situaciones en las cuales los plásticos aplican tasas de financiación.

En esta nota vas a conocer cuándo se cobra cada tasa para evitar pagar costos financieros innecesarios y que, en muchos casos, pueden ser bastante elevados.

Compras en cuotas. Si la opción para financiar una compra en varios pagos sin recargo no está disponible con nuestra tarjeta tenemos dos opciones para pagarlo en cuotas.

La primera, elegir abonar en cuotas en el momento de la compra, con un recargo o sin interés (si está esta opción). Este monto depende de la tarjeta y del banco. Por lo general, se aplica un interés al valor total y luego se divide en la cantidad de meses que se va a financiar.

La segunda, abonar con la tarjeta de crédito en un solo pago y financiarlo recién cuando nos llega el resumen de cuenta. En este caso, el interés nominal que se cobra y el costo financiero total (CFT) es generalmente mucho más elevado que en la primera opción. Es decir que, lo más conveniente es que, si vamos a pagar en cuotas, lo decidamos en el momento de comprar, y no después.

Financiación de saldos. La tasa de interés compensatoria para este fin se aplica cuando, en lugar de abonar el saldo de la tarjeta de una sola vez, decidimos hacerlo en cuotas (como el caso que comentamos más arriba). También incluye cuando optamos por realizar el pago mínimo y financiar el resto.

En estos casos, las tasas que están cobrando los bancos y las tarjetas más importantes de Argentina 45% y 65% nominal anual (según la información del Banco Central a julio de 2015). A esto hay que sumar los impuestos y cargos administrativos, con lo cual, el CFT puede elevarse mucho más.

En tu resumen de cuenta está detallada la tasa de interés que cobra tu banco en cada caso .

Como señalamos en notas anteriores (mirá “6 claves para usar la tarjeta de crédito”) lo recomendable es evitar este tipo de prácticas salvo excepciones, para que la deuda no se transforme en inmanejable.

Adelantos de efectivo. Sacar dinero del cajero automático (o, en algunos casos, de la caja de un supermercado) tiene un costo similar al anterior. Salvando las distancias, se puede asimilar a girar en descubierto en una cuenta corriente.

Aquí, la tasa de interés compensatoria se aplica desde el día que obtuvimos el dinero hasta la fecha de vencimiento del resumen. De más está decir que si, además, no pagamos en este momento sino que lo financiamos, el interés se suma.

La tasa de interés en estos casos llega al 69% y en varios casos es un poco más alta que la de financiamiento del saldo.

Punitorios por falta de pago. Si nos olvidamos o no pudimos abonar nuestra tarjeta al vencimiento (no llegamos al pago mínimo), el plástico nos aplica un interés punitorio desde esa fecha hasta que cancelemos el monto adeudado.

Las tasas en este caso oscilan entre 23,3% y 35%, y, en general, está en la mitad de los intereses de financiación.

Recordá que ambos intereses (compensatorios y punitorios) se suman por lo que, demás está decir, no pagar la tarjeta a tiempo es una muy mala decisión.
 #1126582  por BUENOOLGADOMINGA
 
Recuerda que las deudas de tarjetas de creditos, son incumplimiento contractual en el ambito civil, no penal, no irias preso por ello, lo que si te pueden embargar el 20% de tu sueldo o la suma que resulte de la deudad, ademas te podran embargar o inhibir financieramente, no podras operar financieramente, y si intentas depositar un dinero en otro banco sera tenido como pago a cuenta de la deuda con tu banco, ellos estan interrelacionados entre si.