Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Descuento por ausencia

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1125812  por doc07
 
Buenos dias colegas!
Tengo un cliente que debe ausentarse durante dos semanas inmediatamente despues de su periodo vacacional. Ej: comienza las vacaciones el 25/04 y las finaliza el 8/05 (14 dias). Recien volveria al trabajo el 23/05. El me dice que en la empresa le descontarian 14 dias de ausencia en lugar de los 10 dias no trabajados (porque estaria incluyendo los fines de semana). Mi cliente trabaja de lunes a viernes. En que norma se basaria la empresa para descontarle dos fines de semana??? O es ilegal??? No encontre nada al respecto...agradecere si alguien con experiencia en laboral me puede responder.
 #1125825  por doc07
 
santiheladero escribió:se estaria ausentando en base a q? me parece lo de menos los dias q le descuenten xq lo van a despedir con causa
Pequeño detalle que omiti informar!!! Ya dio aviso a la empresa que se ausentaria esos dias de mas porque continuaria de viaje. La duda es si los dias de ausencia que se le descuentan son los efectivamente no trabajados (de lunes a viernes durante dos semanas: 10 dias), o si se le descuentan como dias corridos (de lunes a lunes: 14 dias).
Yo no encontre informacion al respecto, pero el cliente me dice que ya le han descontado de esa forma a otros compañeros (dias corridos incluidos fines de semana).
No encuentro normativa que avale esto...
 #1125829  por ccolalongo
 
Si tiene 14 dias de vacaciones, ¿pidió permiso y se lo dieron para asuentarse más días? porque la relación de dependencia es para todos los derechos pero también todas las obligaciones, y un trabajador si tiene 14 dias de vacaciones son esos no mas, no es "avisa a la empresa que alarga el viaje" tranquilamente le pueden descontar los días excedentes a las vacaciones y también hasta armar un despido con causa como te dijeron.
doc07 escribió:
santiheladero escribió:se estaria ausentando en base a q? me parece lo de menos los dias q le descuenten xq lo van a despedir con causa
Pequeño detalle que omiti informar!!! Ya dio aviso a la empresa que se ausentaria esos dias de mas porque continuaria de viaje. La duda es si los dias de ausencia que se le descuentan son los efectivamente no trabajados (de lunes a viernes durante dos semanas: 10 dias), o si se le descuentan como dias corridos (de lunes a lunes: 14 dias).
Yo no encontre informacion al respecto, pero el cliente me dice que ya le han descontado de esa forma a otros compañeros (dias corridos incluidos fines de semana).
No encuentro normativa que avale esto...
 #1125983  por adessoma
 
Art. 150 LCT. Obviamente, para las vacaciones no se consideran días hábiles sino días corridos, excepto para el personal bancario cuyo art. 48, inc.d) del CCT 18/75 amplía la licencia a 25 días hábiles.
Saludos.
 #1125996  por ccolalongo
 
Hay algunos otros convenios como ATSA que tambien tienen días habiles de vacaciones, pero aca pasa porque el empleado "decidió" que viaja mas sin cumplir su periodo vacacional como marca la ley.
adessoma escribió:Art. 150 LCT. Obviamente, para las vacaciones no se consideran días hábiles sino días corridos, excepto para el personal bancario cuyo art. 48, inc.d) del CCT 18/75 amplía la licencia a 25 días hábiles.
Saludos.
 #1126024  por adessoma
 
Sí, sí, ccolalongo. Es como que el trabajador decidió unilateralmente "extender" la licencia. Tiene suerte si no lo despiden.
Saludos.