Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Hola.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1126134  por Justiniano2014
 
Hola como les va , les quiero hacer una consulta.
Resulta que tengo una cliente que trabajaba en una parrilla , la relación la boral empezo el día 15 de diciembre de 2015 hasta el 26 de enero de 2016, sin descanso et domadario , y sin pagarle (NI LOS DIAS TRABAJADOS NI HORAS EXTRAS) solo recibia la propina de los clientes, 20 días trabajo en la parrileria y luego los restantes ne una hamburgueseria del mismo dueño, como las propinas eran muy pocas decidió renunciar.
A lo que voy , le tengo que mandar una CD pidiendo que le den el alta y que la registren (cosa que no esta registrada) algun modelo, algun consejo?
Disculpen estoy empezando solo y la praxis no es lo mismo que la facultad.
 #1126145  por adessoma
 
Sin dudas tenés que intimar a registrar correctamente el vínculo. El modelo que te paso es por clandestinidad registral (trabajo en negro) con salarios adeudados y negativa de tareas; esto último podrías sacarlo; vos fijate si además le niegan trabajo. Tenés que remitir una copia a la AFIP.

"Atento V. negativa de tareas en fechas xx y falta de pago de salarios adeudados correspondientes a los meses de xx del corriente, intimo a Ud. a que dentro del plazo de 48 horas aclare situación laboral vigente, bajo apercibimiento de considerar distracto por V. exclusiva culpa.
Asimismo, ante el desconocimiento de mi situación registral, en caso de corresponder también lo intimo a que dentro del plazo legal de treinta (30) días corridos registre correctamente nuestra relación laboral en los libros art. 52 LCT y 18 LE (conf. RG AFIP 1891/05, T° actualizado por RG AFIP 2016/06), bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 15 LE. Hágole saber que en caso de V. silencio por 48 horas, entenderé que ha renunciado al plazo conferido por la ley 24013 (art. 3º Dec. 2725/91).
En cumplimiento de lo normado por el art. 11 L.E., manifiesto haber ingresado a laborar el día xx/xx/xxxx bajo su dependencia en su establecimiento dedicado a gastronomía, laborando bajo la categoría de "xxxx" en el horario de lunes a viernes de 7:00 a 19:00 y sábados de 7:00 a 13:00 horas. Por mi trabajo percibo una remuneración de $xxxxx (Pesos xxxx) mensuales, de manera clandestina y por fuera de toda registración. El vínculo que nos une está encuadrado por el CCT xxx/xx, homologado por Res. xxx/xx.
Además lo intimo en plazo de 48 horas a dar cumplimiento con lo siguiente:
a) Me asigne tareas y otorgue ocupación efectiva.
b) Me entregue recibos de sueldo en doble ejemplar, conforme los reales datos denunciados liminarmente.
c) Me abone por recibo los conceptos y adicionales convencionales establecidos por los arts. 14 y 19 del CCT xxx/xx.
d) Ponga a mi disposición certificados referidos por art. 80 LCT (modif. art. 45 ley 25345), en plazo y bajo apercibimiento legal.
e) Acredite ingreso de aportes a los organismos de la Seguridad Social art 132 bis LCT.
Todo lo anterior, cuestión que causa gravísima injuria y de acuerdo con lo establecido por los arts. 8° y 15 L.E., bajo apercibimiento de considerar vínculo extinguido por V. exclusiva culpa.
Manifiesto haber cumplido con el requerimiento ordenado por el punto b) del art. 11 de la ley 24013."

Saludos.
 #1126168  por santiheladero
 
si renuncio la 24013 ya no va
le qeda la multa del art 1 de la 25323 mas la liquidacion final y reclamar todos los salarios , hs extra etc
 #1126169  por santiheladero
 
santiheladero escribió:si renuncio la 24013 ya no va
le qeda la multa del art 1 de la 25323 mas la liquidacion final y reclamar todos los salarios , hs extra etc
y como renuncio y no le pagan antiguedad las multas de la 25323 tamppco corren
 #1126233  por Justiniano2014
 
Gracias a los dos, pero entonces hago una consulta que le puedo reclamar?
 #1126234  por adessoma
 
Vos decís que tu cliente
Justiniano2014 escribió:como las propinas eran muy pocas decidió renunciar.
¿Cómo notificó la renuncia? ¿Mandó TCL o simplemente dijo que no iba a ir trabajar más?
Respondenos esto y te decimos cómo seguir.
 #1126239  por Justiniano2014
 
Igualmente yo lo que voy a hacer es como, que ella sigue cumpliendo funciones. ya que nno trabaja en otro lugar. para que el empleador igualmente desconozca la relación, entonces si correo la ley 24.013 no?
 #1126240  por Justiniano2014
 
Dijo no vengo a trabajar mas , no me pagan nada , no me dan descansos. y no se fue mas antes de ayer fue. Osea Ayer fue su primer dia de no ir a trabajar.
 #1126241  por Justiniano2014
 
Por su trabajo no recibia remuneracion , solo las propinas que le daban.
 #1126243  por adessoma
 
Estimado: Si hace poco que renunció tu cliente, que mande de inmediato el TCL que te pasé.
Como bien decís, podría pasar como que el vínculo aun está vigente y reclamá las multas de la LE y del art. 2° ley 25323. No te olvides de enviar la copia a la AFIP.
Saludos.
 #1126246  por Justiniano2014
 
Por mi trabajo percibo una remuneración de $xxxxx (Pesos xxxx) mensuales, de manera clandestina y por fuera de toda registración. El vínculo que nos une está encuadrado por el CCT xxx/xx, homologado por Res. xxx/xx.

Tendria que cambiar esta parte diciendo que NO RECIBIA REMUNERACION.
 #1126248  por adessoma
 
Pero Poné que algo cobraba de manos del empleador. Ningún juez se va a creer que trabajaba gratis.