Estimados colegas: Abro este tema de debate puesto que tengo un caso sobre despido representando a la trabajadora, despido ocurrido en Octubre de 2015 y que aun no se inicio la demanda, puesto que me consultaron a mediados de diciembre. Acabo de enterarme que la empleadora, la cual es una Soc. Comandita Simple, cambio de socio camanditario. Quiero saber, si la responsabildad sigue alcanzando al socio Comanditario por haber tenido ese caracter durante el acaecimiento del despido? Y como duda personal. que pasaria si hubo un cambio de razon social de la empresa, puesto que se realizo una transferencia del fondo de comercio?
Desde ya muchas gracias!!!
Desde ya muchas gracias!!!