BUENOS DIAS, SE ME PRESENTA UNA CASO DE UNA MUJER PARAGUAYA CON 68 DE EDAD, QUE INGRESO AL PAIS EN 1981, LA MORATORIA 12/2003, COMPLETA SOLO 26 ANOS'.INCLUIDO EL EXCESO D E EDAD
LA PREGUNTA ES LA SIGUIENTE
ESTA MUJER CUMPLE CON EL ART 1 DE LA LEY 26970, YA QUE CUENTA CON 68 DE EDAD, SI ME GUIO DE ACUERDO A LA LEY ESTA MUJER SE PODRIA ADHERIR A LA MORATORIA, LA INSCRIBIRIA EN MONOTRIBUTO Y CUANDO COMPLETE LOS 4 ANOS CON EXCESO DE EDAD, SE PODRIA HACER VALER LA MORATORIA?
LA PREGUNTA ES LA SIGUIENTE
ESTA MUJER CUMPLE CON EL ART 1 DE LA LEY 26970, YA QUE CUENTA CON 68 DE EDAD, SI ME GUIO DE ACUERDO A LA LEY ESTA MUJER SE PODRIA ADHERIR A LA MORATORIA, LA INSCRIBIRIA EN MONOTRIBUTO Y CUANDO COMPLETE LOS 4 ANOS CON EXCESO DE EDAD, SE PODRIA HACER VALER LA MORATORIA?