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  • Salario mal registrado y demanda ART

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1126306  por Iris
 
Hola a todos, tengo una duda sobre como encaminar una demanda en la que el trabajador cobraba parte del salario en negro.
Se inició ya por otro abogado un juicio laboral por despido donde se van a discutir el tema del pago en negro.
Ahora yo estoy haciendo la demanda contra la ART con indemnización tarifada y mi duda es como incorporo el tema de sueldo en negro??
Alguien sabe?
Gracias
Iris
 #1126316  por MORGAN
 
tenés que hacer la liquidación con el real percibido y probarlo. La ART va a citar al empleador
 #1126317  por Iris
 
O sea, demando solo a la ART, pero luego esta cita al empleador, y se determinaría el salario con mis dichos, los recibos, lo que diga el empleador, los testigos que yo ofrezca, y la pericial. Independientemente del juicio laboral donde ya se esta discutiendo aparte el tema?

Gracias
 #1126321  por MORGAN
 
mas o menos. podés ofrece como instrumental el expte. del despido
 #1126597  por eltam88
 
Coincido con Morgan.
Si ofreces el expte de despido y probas la parte en negro de lo que percibía, perfecto.
También podés ofrecer prueba testimonial (que sepan que le pagaban en negro) en el de accidente por si el despido lo arreglás y no hay constancia de que cobraba parte en negro.
 #1126915  por LauraS
 
Disiento con lo preopinado.
Si tu cliente ya se dio x despedido (x pagos en negro), encara la dda contra Art y empresa, porque la Art solo estará obligada a pagar el resultante del calculo de lo que se encuentre denunciado ante el formulario 931 de AFIP como sueldo.

Por la parte del calculo de indemnizacion de accidente resultante de lo percibido en negro, debera responder la empresa, dado que la ART no tiene injerencia ni favultades de control sobre los libros contables de la empresa y los pagos efectuados x fuera de recibo de ley son exclusivamente de responsabilidad de la empleadora, nunca de la ART

Exitos!
 #1126945  por Iris
 
Hola, gracias por la respuesta, muy bueno saberlo.
El tema es que ya el seclo ya lo hice por accidente ley especial citando solo a la art, y tengo la demanda por hipoacusa terminada ya lista para sortear...por otro lado son 500 diferencia y no todos los meses sino solo cuando había feriados...creo que lo dejo así, y que decida el Juez, condenando en su caso a la art por el salario denunciado. O vos decís que si lo voy a hacer por ley especial solo contra art directamente saque el tema de lo que le pagaban en negro y listo?
 #1126953  por LauraS
 
Estimada; no hay fundamento jurídico alguno para que la condenada x defectuosa registracion de salario sea la ART...
Dependiendo de la edad de tu cliente, 500$ pueden incidir bastante en el calculo final de indemnización.

Lo que en todo caso, podés hacer, es: interponer la dda tal cual está, y, ANTES DE QUE SE CORRA TRASLADO, ampliar dda contra la empresa. Deberas pasar x la instancia Seclo y acreditar el cierre en el expte. Hasta tanto eso no ocurra, quedaran suspendidos todos los plazos.

A lo que voy es; si lo que pretendes es reclamar tambien la indemnizacion LRT x la parte del salario en negro, demandando a la ART unicamente, esa parte del reclamo jamas prosperará
 #1126956  por Iris
 
Muchas gracias por tu respuesta, sos super clara.
El hombre tiene 53 años.
Entones podría iniciar demanda contra los dos
 #1126957  por Iris
 
Quedo cortado. Decía iniciar contra los dos y decí que contra el empleador estoy tramitando el seclo por lo cual solicito se suspendan los términos por ejemplo no?
 #1126958  por Iris
 
Y al empleador de esta forma se le reclamarla la diferencia nada más no?
 #1126959  por LauraS
 
exacto. Harias el calculo de LRT x el real sueldo percibido. A eso, le restas lo que resulte del calculo LRT efectuado con el salario registrado. La diferencia, la debera abonar la empresa, pues es una suerte de "mengua en indemnizacion x accidente x incidencia de salarios no registrados". Lo bueno, ademas, es que ya tenes un expte donde eso quedó acreditado. Solicitalo ad efectum videndi et probandi y te ahorras de probar todo nuevamente
 #1126973  por Iris
 
Muchas gracias Laura. Me ayudo mucho tu comentario.
Saludos
 #1127395  por eltam88
 
Yo reclamaría por todo, basado en el art. 28 ley 24.557, es decir que la parte en negro se la paguen y luego repita contra el empleador la ART.
Lo que te digo está respaldado en un libro de Formaro, y creo que el tratado de ACKERMAN también así lo explica.