Buenas noches colegas. necesito que me orienten. sucesion en CABA cuyo acervo sería un depto en esa jurisdicción y cuenta bancaria en España y otra aqui en CABA. La heredera va a instituir heredero a un sobrino que reside en España. tambien va a darle poder para que gestione en su nombre en ambos países. Se haría el poder y testamento en Consulado Español. Alguien que tenga experiencia en derecho internacional podrá decirme si hay algo que se me escapa? tengo entendido que el poder hecho en el consulado no tiene valor para los bienes de Argentina.Alguna otra cuestión?
