Hola a todos y buen comienzo de año.
ME encuentro con un obstáculo inesperado: Al ingresar a la página de la SRT me doy con que en la fecha del accidente, el trabajador no tenía ART porque se produjo la baja del contrato por falta de pago en el mes de marzo de 2014. El accidente ocurrió en noviembre de 2014. Por lo que los 60 días corridos están super vencidos.
Sin embargo, antes de enterarme de esta rescisión envié la denuncia del accidente por telegrama. La ART no me contestó nada, lo que implica una aceptación tácita... pero si no había cobertura...
Que opinan?
Busco jurisprudencia y no encuentro nada.
Lo que puedan aportar me va a ser útil.
Gracias!!!!!!!!
ME encuentro con un obstáculo inesperado: Al ingresar a la página de la SRT me doy con que en la fecha del accidente, el trabajador no tenía ART porque se produjo la baja del contrato por falta de pago en el mes de marzo de 2014. El accidente ocurrió en noviembre de 2014. Por lo que los 60 días corridos están super vencidos.
Sin embargo, antes de enterarme de esta rescisión envié la denuncia del accidente por telegrama. La ART no me contestó nada, lo que implica una aceptación tácita... pero si no había cobertura...
Que opinan?
Busco jurisprudencia y no encuentro nada.
Lo que puedan aportar me va a ser útil.
Gracias!!!!!!!!