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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1128747  por MEI38
 
Estimados foristas,quisiera consultartes si es factible que una persona que se jubilo en el año 92, docente, que luego en 2006 tramito el 137, y q a la vez trabajaba en ips, puede acceder a la jubilación del ips renunciando a la de anses, Ella me dice que le han informado que puede hacerlo dado que la remuneración de anses es de algo mas de 7500 y en ips tiene mas de 35 años y esta ganando hoy un salario muy importante. Según ella me dice cuando se jubiló en anses, le dijeron que ella podría jubilarse también por ips luego, pero le he manifestado que no puede tener dos jubilaciones, no logro encontrar normativa que sustente lo de la renuncia a la jubilacion de anses. Agradecería si pueden orientarme en esto
 #1128760  por periquita
 
Es un tema complicado.
¿Cuántos años tiene aportados a cada Caja?
¿Cuántos años simultáneos?
Decís que cuando se jubiló trabajaba en el IPS ¿también como docente?
¿Está bien liquidada la jubilación docente de ANSES?
¿El salario importante del IPS en qué tipo de trabajo es? ¿Lleva por lo menos tres años de antigüedad?
¿Que edad tiene?
Saludos
 #1130469  por MEI38
 
periquita escribió:Es un tema complicado.
¿Cuántos años tiene aportados a cada Caja?
¿Cuántos años simultáneos?
Decís que cuando se jubiló trabajaba en el IPS ¿también como docente?
¿Está bien liquidada la jubilación docente de ANSES?
¿El salario importante del IPS en qué tipo de trabajo es? ¿Lleva por lo menos tres años de antigüedad?
¿Que edad tiene?
Saludos
Hola nuevmente periquita, ya pude recavar todos los datos:

Tiene actualmente 72 años
Inicia su desempeño docente en 06/1964, sin embargo al momento de jubilarse en Anses , en el abril del 92, con cargo de gabinete como psicopedagoga, equivalente a eso por la titulación en ese momento no existía, y era de gabinete psicotécnica, le reconocen 25 años 2 meses y 14 d segun ley 18037. Hay un parrafo en la solicitud del beneficio que dice que solicita jub. ordinaria conf decreto 538/975, art 2 ley 23895 y art. 3 ley 24016 con el juego armonico de la ley 18037-22976, y dice que reserva derechos ley 23601
El 01/02/2006 inicia el 137 y se lo otorgan. Luego plantea un reajuste y se lo deniegan porque pretende que le reconozcan el cargo de psicopedagoga que en el 92 no existía como tal pero q es equiparable desde hace tiempo al mismo. La reserva q ella hace de derechos apunta creo a esa cuestión.
En IPS comienza a trabajar el 12/5/85, con cargo de profesora con 29 hs catedra concursadas. Sigue hasta hoy que tiene 44 módulos y figura en el couli figura Antiguedad en años: 48
Tiene el 195 de cobro de haberes por su antigüedad(esto me manifestó)

Gracias por la ayuda que puedas darme, saludos
 #1130522  por periquita
 
Escapa a mis posibilidades darte una orientación segura sin todos los datos y documentación a la vista, además no contestaste todas las preguntas...

Como te dije es un tema complejo... a priori creo que sí puede hacer lo que quiere pero seguramente va a quedarse un tiempo sin cobrar.

Saludos.
 #1130554  por MEI38
 
periquita escribió:Escapa a mis posibilidades darte una orientación segura sin todos los datos y documentación a la vista, además no contestaste todas las preguntas...

Como te dije es un tema complejo... a priori creo que sí puede hacer lo que quiere pero seguramente va a quedarse un tiempo sin cobrar.

Saludos.
Gracias periquita, pense que habia contestado todo, en nacion 25 años 2 m 14 dias se jubila 1992. Dese el 85 trabajaba tambien en ips como profesora. O sea que entre 85 y 92 fueron simultáneos. Tendria desde 85, a hoy 31 años en ips
En 2007 pide en 137, se lo otorgan.
Mientras tanto continua trabajando hasta hoy en ips como profesora con 44 modulos. Segun me dijo le figuran en el couli 48 años de antiguedad porque le reconocieron lo trabajado en Nación.

Graciassss voy a ver el tema del cálculo del haber docente, y te comento como sigo, muchisimas gracias por leerme
 #1138834  por MEI38
 
MEI38 escribió:
periquita escribió:Escapa a mis posibilidades darte una orientación segura sin todos los datos y documentación a la vista, además no contestaste todas las preguntas...

Como te dije es un tema complejo... a priori creo que sí puede hacer lo que quiere pero seguramente va a quedarse un tiempo sin cobrar.

Saludos.
Gracias periquita, pense que habia contestado todo, en nacion 25 años 2 m 14 dias se jubila 1992. Dese el 85 trabajaba tambien en ips como profesora. O sea que entre 85 y 92 fueron simultáneos. Tendria desde 85, a hoy 31 años en ips
En 2007 pide en 137, se lo otorgan.
Mientras tanto continua trabajando hasta hoy en ips como profesora con 44 modulos. Segun me dijo le figuran en el couli 48 años de antiguedad porque le reconocieron lo trabajado en Nación.

Graciassss voy a ver el tema del cálculo del haber docente, y te comento como sigo, muchisimas gracias por leerme
Hola periquita retomo este post con una duda, en ANSES nos informaron que si la persona renuncia a la jubilación de anses, para jubilarse por ips, le harán un cargo deudor desde 2006 año q hizo el 137 hasta la fecha puesto que no pudo seguir trabajando como docente desde el momento q firmó el 137,puede ser asi? gracias
 #1138843  por periquita
 
MEI38 escribió:
Hola periquita retomo este post con una duda, en ANSES nos informaron que si la persona renuncia a la jubilación de anses, para jubilarse por ips, le harán un cargo deudor desde 2006 año q hizo el 137 hasta la fecha puesto que no pudo seguir trabajando como docente desde el momento q firmó el 137,puede ser asi?
Sí, es así, para seguir trabajando debió haber pedido la suspensión del cobro del suplemento.
gracias
 #1138883  por MEI38
 
periquita escribió:
MEI38 escribió:
Hola periquita retomo este post con una duda, en ANSES nos informaron que si la persona renuncia a la jubilación de anses, para jubilarse por ips, le harán un cargo deudor desde 2006 año q hizo el 137 hasta la fecha puesto que no pudo seguir trabajando como docente desde el momento q firmó el 137,puede ser asi?
Sí, es así, para seguir trabajando debió haber pedido la suspensión del cobro del suplemento.
gracias
Gracias! Podrias explicarme como es eso? Ella manifiesta q le hicieron hacer el 137 y nunca le informaron que no podía seguir trabjando ya que siempre estuvo en simultaneo desde el 85. Si ella pidiera un reco en ips puede incorporarlo a la jubi de anses?
 #1138897  por periquita
 
MEI38 escribió: Gracias! Podrias explicarme como es eso? Ella manifiesta q le hicieron hacer el 137 ¿QUIÉN SE LO HIZO HACER?
y nunca le informaron que no podía seguir trabjando ¿ELLA PREGUNTÓ? ¿QUIÉN TENÍA OBLIGACIÓN DE INFORMARLE??
ya que siempre estuvo en simultaneo desde el 85. DEBERÍA HABER RENUNCIADO A LOS DOS AL MISMO TIEMPO. pODÍA SEGUIR TRABAJANDO SI SE HUBIERA JUBILADO POR EL IPS
Si ella pidiera un reco en ips puede incorporarlo a la jubi de anses? NO,