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  • Cliente perito quiere cobrar: que hacer?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1129011  por eaemcm
 
Estimados colegas, mi cliente es perito psicólogo. Le regularon en una causa laboral que fue conciliada y me encargó el tema... Supongo que hay que apelar por bajos e intentar el cobro. Desconozco el orden de las presentaciones, y los escritos que hay que presentar... si me hacen poder, etc.

Que debo hacer?

Gracias!!
 #1129036  por adessoma
 
Si ya pasaron seis días desde que la perito quedó notificada del auto regulatorio, olvidate de la apelación.
Si no depositaron tenés que iniciar la ejecución de honorarios. Esa es la etapa? Ya se venció el plazo de la intimación de pago al demandado para que deposite?
 #1129053  por eaemcm
 
adessoma escribió:Si ya pasaron seis días desde que la perito quedó notificada del auto regulatorio, olvidate de la apelación.
Si no depositaron tenés que iniciar la ejecución de honorarios. Esa es la etapa? Ya se venció el plazo de la intimación de pago al demandado para que deposite?
Gracias por tu ayuda. Aun no la notificaron de nada, recién figura el paso procesal "sentencia" en el expediente online de PJN. Se enteró porque entró a curiosear...

Quiere apelar por bajos, como hago? Tienen un modelo?

Gracias
 #1129054  por adessoma
 
Te paso el modelo para apelar honorarios por bajos, aclarando que en nuestro procedimiento es suficiente con expresar que apelás los honorarios de tu mandante por considerarlos exiguos.

SE NOTIFICA. APELA HONORARIOS POR BAJOS.
Adrián Carlos Dessomanzi (T° F° del CPACF; CUIT 20--7), letrado apoderado de la Perito psicóloga Lic. , en los autos caratulados: "P, N DANIEL -9- C/ GALENO ART SA (EX MAPFRE ARGENTINA ART S.A.) S/ Accidente - Ley Especial" (Expte. Nº /2010), manteniendo en domicilio procesal constituido en Lavalle 1.588, piso° Of. "A" (zona 105; e-mail: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com; tel/fax 43; domicilio electrónico 20-7), ante V.S. comparezco y expongo:

I.- CONSTITUYE NUEVO DOMICILIO PROCESAL:
Que vengo a constituir nuevo domicilio procesal en Lavalle 1.588, (zona 105) Estudio Dessomanzi; e-mail: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com, solicitando rectifíqueselo en autos y se lo tenga presente a todo efecto procesal.

II.- SE NOTIFICA Y APELA HONORARIOS POR BAJOS:
Que mediante examen del expediente me notifico de la regulación de honorarios, por lo que vengo a interponer recurso de apelación contra dicho auto por considerarlos exiguos, propiciando se los eleven.

Hasta aquí sería lo usual. Pero si querés ponerle un speech para ver si en la CNAT te da algo más (dudo), nada impide que pongas lo que sigue:

Toda vez que, en la especie, no corresponde correr traslado a la contraria cuando se apelan honorarios, en la inteligencia del art. 120 LO y en atención a lo que refiere ACKERMAN sobre que "No existe carga de fundamentación en materia de apelación de honorarios por lo que basta simplemente con enunciar la razón de la apelación..." (Mario Ackerman: "TRATADO DE DERECHO DEL TRABAJO", T° IX, Pág. 162, Ed. Rubinzal Culzoni), considero que mis honorarios regulados en tan sólo el 16% resultan exiguos, por lo que propicio se los eleve.
Por ello, a fines de considerar mis honorarios, solicito téngase presente la naturaleza, calidad, etapas cumplidas, conf. ley 21.839, reformada por ley 24.432 y lo que prevé el art. 13 de la última normativa citada que dice: "Los jueces deberán regular honorarios a los profesionales, peritos, síndicos, liquidadores y demás auxiliares de la justicia, por la labor desarrollada en procesos judiciales o arbitrales, sin atender a los montos o porcentuales mínimos establecidos en los regímenes arancelarios nacionales o locales que rijan su actividad, cuando la naturaleza, alcance, tiempo, calidad o resultado de la tarea realizada o el valor de los bienes que se consideren, indicaren razonablemente que la aplicación estricta lisa y llana de esos aranceles ocasionaría una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución que en virtud de aquellas normas arancelarias habría de corresponder" (el subrayado me pertenece).

Inclusive, nuestra Excma. CNAT tiene dicho que:
HONORARIOS. BASE REGULATORIA. REGULACION DE HONORARIOS: COMPUTO. FACULTADES DEL JUEZ: "...De similar tenor resulta la facultad de excepción que otorga a los jueces el art 13 de la ley 24.432, cuando establece que los honorarios deberán regularse conforme a la labor desarrollada, con abstracción de los montos o porcentuales mínimos..."cuando de la naturaleza, alcance, tiempo, calidad o resultado de las tareas realizadas..., indicaren razonablemente que la aplicación lisa y llana de esos aranceles ocasionarían una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución que en virtud de aquellas normas arancelarias habrían de corresponder". (Auto: "DE BONIS, Luis c/ CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO s/ accidente 9688" - CNAT, Sala VIII; fecha: 27/08/1996; Nro. Exp.: 27844).-

Proveer de conformidad...
 #1129057  por adessoma
 
Tiene que hacerte un poder ante escribano, o sino tenés que actuar como patrocinan te en cada escrito.