Buenas noches.
Tengo una inquietud en la sucesión de mis padres.
El acervo hereditario esta compuesto por 3 propiedades para hermanas.
En el mes de Octubre presentamos un acuerdo particionario donde una hermana se adjudicò una propiedad cediéndonos sus derechos a las tres restantes por los dos propiedades restantes y nosotras les cedimos los derechos a su favor sobre la propiedad adjudicada.
Actualmente acordamos dos hermanas quedarnos una propiedad cada una, compensando a la hermana restante con dinero.
Mi inquietud es en función a la ampliación, si es que es factible hacerlo en esta instancia (El acuerdo anterior y la declaratoria de herederos aùn no se inscribió), y si es conveniente en el acuerdo detallar la compensación en dinero o si seria mejor la compensación detallarla en un instrumento privado fuera del expediente.
Les agradecerè sus sugerencias.
Desde ya muchas gracias.
Tengo una inquietud en la sucesión de mis padres.
El acervo hereditario esta compuesto por 3 propiedades para hermanas.
En el mes de Octubre presentamos un acuerdo particionario donde una hermana se adjudicò una propiedad cediéndonos sus derechos a las tres restantes por los dos propiedades restantes y nosotras les cedimos los derechos a su favor sobre la propiedad adjudicada.
Actualmente acordamos dos hermanas quedarnos una propiedad cada una, compensando a la hermana restante con dinero.
Mi inquietud es en función a la ampliación, si es que es factible hacerlo en esta instancia (El acuerdo anterior y la declaratoria de herederos aùn no se inscribió), y si es conveniente en el acuerdo detallar la compensación en dinero o si seria mejor la compensación detallarla en un instrumento privado fuera del expediente.
Les agradecerè sus sugerencias.
Desde ya muchas gracias.
