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  • DUDA DIFERENCIA SALARIAL EN NEGRO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1129990  por likantro
 
CONSULTA, EN UNA RELACION DE TRABAJO EN NEGRO Y DESPIDO INDIRECTO QUIERO INCLUIR LAS DIFERENCIAS SALARIALES , PERO AL SER LA RELACION EN NEGRO NO PUEDO SABER A CIENCIA CIERTA CUANTO COBRABA MI CLIENTE EN REALIDAD, SOLO SE QUE A LO ULTIMO COBRABA 9000 CUANDO DEBIO COBRAR POR CCT 14000.
SIENDO QUE NO LO PUEDO HACER MES POR MES, SE PODRA HACER DEVENGADO (MENOS) EL REAL Y A ESO LO MULTIPLICO POR 24? QUE SON LOS DOS AÑOS QUE SE PUEDEN RECLAMAR. SERVIRA? ESCUCHE QUE ALGUNOS LO HACEN ASI, PERO ME PARECE FLOJO, COMO LO RESUELVO SINO?? GRACIAS
 #1130040  por Emma2011
 
likantro escribió:CONSULTA, EN UNA RELACION DE TRABAJO EN NEGRO Y DESPIDO INDIRECTO QUIERO INCLUIR LAS DIFERENCIAS SALARIALES , PERO AL SER LA RELACION EN NEGRO NO PUEDO SABER A CIENCIA CIERTA CUANTO COBRABA MI CLIENTE EN REALIDAD, SOLO SE QUE A LO ULTIMO COBRABA 9000 CUANDO DEBIO COBRAR POR CCT 14000.
SIENDO QUE NO LO PUEDO HACER MES POR MES, SE PODRA HACER DEVENGADO (MENOS) EL REAL Y A ESO LO MULTIPLICO POR 24? QUE SON LOS DOS AÑOS QUE SE PUEDEN RECLAMAR. SERVIRA? ESCUCHE QUE ALGUNOS LO HACEN ASI, PERO ME PARECE FLOJO, COMO LO RESUELVO SINO?? GRACIAS
Yo pediria las escalas salariales en el sindicato correspondiente y haria los cálculos mes a mes entre lo que percibio y lo que debio percibir, sacando el saldo adeudado, no es lo mismo el sueldo de hace dos años con el de ahora. No se puede poner que en diciembre del 2014 ganaba $9000 y que el monto de convenio era 14.000, porque seguramente eran montos muy inferiores en ambos casos.
 #1130072  por likantro
 
gracias chicos, el problema aca es que durante el tiempo que duro la relacion laboral le pagaban diariamente y mas o menos lo que queria la empleadora , por eso ni mi cliente sabe cuanto cobraba, me explico? para hacer la liquidacion diaria deberia directamente mentir sobre los salarios percibidos y acreditar los devengados por cct, por eso pensaba hacer como dijo el colega, 14-9 x 24 pero no se si va a prosperar, esa es la cuestion
 #1130086  por sanjuanino
 
andresxeneizes escribió:si vos ya dijiste que cobraba 9000 en los telegramas hacelo facil 14 -9 = 5 lucas de diferencia por cada mes
Convengo
 #1130130  por adessoma
 
Por 24 no. Por 26. ¿O no vas a incluir el SAC?
 #1130155  por sanjuanino
 
adessoma escribió:Por 24 no. Por 26. ¿O no vas a incluir el SAC?
Observador el compañero
 #1130165  por adessoma
 
Gracias, sanjuanino. Deberá tenerse presente que el SAC se incluye porque el art. 1° del Plenario N° 322 "Tulosai" dice: "No corresponde incluir en la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo 245 de la L.C.T., la parte proporcional del sueldo anual complementario."
Dicho ésto, cabe excluir de la base de cálculo solamente a "la parte proporcional", pero no a las cuatro cuotas devengadas con anterioridad y que se reclaman aparte. En el caso que nos ocupa, multiplicando por 26 sueldos, en lugar de 24.
Igualmente, yo lo incluiría en la liquidación y de última que lo impugne la otra parte. Ya casi nadie lee los plenarios de la CNAT.
Saludos.
 #1130362  por likantro
 
gracias genios!!! lo voy a tirar asi, por 26 meses no tengo otra forma de calcularlo mes por mes, que sea lo que tenga que ser, saludos y muchas gracias por la mano