Hola! no me dedico al derecho penal pero llegó un cliente con una cédula notificandole una audiencia del art. 14 Ley 13.811. Según él, terminó de cumplir una suspensión de juicio a prueba días atrás. ¿En esa audiencia debo pedir la extinción de la acción penal?. En caso de que me la denieguen, ya que lo imputaron justo el mes pasado por otro delito, debo apelar en ese momento (leí por ahí que mientras no tenga condena firme no pueden hacerle caer el beneficio de susp. de juicio a prueba ni denegarle la extinción de la accion penal). Muchas gracias desde ya!!!
Saludos!!!
Saludos!!!