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  • MAL EN LA CATEGORIA Y FUERA DE CONVENIO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #1130257  por natalia982
 
ESTIMADOS:
TENGO UNA CLIENTA QUE ESTA MAL EN LA CATEGORIA Y FUERA DE CONVENIO. VOY A MANDAR QUE A TCL PARA QUE LA CATEGORICEN...SI NO LO HACEN ES CASUAL DE DESPIDO NO?? EN ESTE CASO NO ES NECESARIO ESPERAR 30 DIAS NO?
MUCHAS GRACIAS!!
 #1130288  por paubaires
 
Hola! Si está fuera de convenio, reclamaría que la incorporen con cita específica al que te parezca más adecuado, más categorización de acuerdo a éste por la actividad (ojo que para mí no es recategorización porque todavía no está incorporada a ningún convenio que la categorice), más las diferencias salariales que pudieran corresponder o de adicionales. Si pedís la correcta registración conforme 24013 vale lo de los 30 días de plazo, sino podrías considerar la negativa injuria suficiente del 242 LCT, pero también podría promover el juicio manteniendo el puesto de trabajo -si es que interesa. Personalmente, considero que depende mucho de las circunstancias para determinar si sólo un ausente encuadramiento convencional alcanza a la injuria del 242, por lo que agregaría el tema de la correcta registración (entre muchos otros argumentos para hacerlo).
 #1130378  por sanjuanino
 
paubaires escribió:Hola! Si está fuera de convenio, reclamaría que la incorporen con cita específica al que te parezca más adecuado, más categorización de acuerdo a éste por la actividad (ojo que para mí no es recategorización porque todavía no está incorporada a ningún convenio que la categorice), más las diferencias salariales que pudieran corresponder o de adicionales. Si pedís la correcta registración conforme 24013 vale lo de los 30 días de plazo, sino podrías considerar la negativa injuria suficiente del 242 LCT, pero también podría promover el juicio manteniendo el puesto de trabajo -si es que interesa. Personalmente, considero que depende mucho de las circunstancias para determinar si sólo un ausente encuadramiento convencional alcanza a la injuria del 242, por lo que agregaría el tema de la correcta registración (entre muchos otros argumentos para hacerlo).
Convengo con lo dicho, salvo que para considerar injuria la no registracion correcta debes esperar el plazo de 30 dias a partir de la registracion.
En principio, es un caso de aplicación del art. 10 de la 24013