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 #1128141  por mercedez
 
buenas colega, necesito su ayuda tengo un caso, mi cliente es adjudicatario de una vivienda del IPV en Formosa, y unas personas en su ausencia por un dia usurparon su vivienda cambiandole el cerrojo de su vivienda, desde hace un año vive en otro lugar, su anterior abogado habia presentado un amparo el que le fue denegado, mi duda es si me conviene hacer un desalojo o una accion reveindicatoria? pienso pedir una medida preeliminar primeramente ..desde ya gracias!
 #1128649  por bhacros
 
Desalojo corresponde si hay contrato de por medio entiendo... Procede reivindicación... Saludos...
 #1130372  por Mordisco
 
Para m va el desalojo y no la reivindicaciòn.

El amparo no habra corrido porque la demuncia habrà sido desestimada o en su defecto por caracer de inmediatez entre la formulaciòn de la denuncia y el pedido del amparo.
 #1130374  por Mordisco
 
DESALOJO - REINTEGRO DEL INMUEBLE. DESALOJO - INTRUSO.

Al ocupar la vivienda como intrusos, nació para los ocupantes una obligación de restituírla a quien el Instituto Provincial de la Vivienda le había adjudicado la misma. Si los recurrentes entendían que la actora había violado sus compromisos con el Instituto, y que ese antecedente podía significar la revocación de la adjudicación, y una posterior adjudicación a su nombre, es claro que no podía de hecho despojar a la actora como si todas esas suposiciones hubieran sido comprobadas, es decir, se hubiera revocado el derecho concedido a la actora, y se le hubiera concedido a ellos.

CC0103 LP 222306 RSD-238-95 S 21-9-95, Juez PEREZ CROCCO (SD)
Fernandez, Selba c/ Fernandez, Gustavo Daniel s/ Desalojo
MAG. VOTANTES: Perez Crocco-Roncoroni

JURISPRUDENCIA DE LA PROVINCIA DE BS AS