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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1130888  por flor2015
 
Estimados buenas noches, quisiera ver si pueden sacarme una duda, ya que no litigo generalmente en Capital: inicie demanda en Capital, el año pasado. Acabo de recibir la cedula por notificación electrónica, en donde me pide que confeccione las cedulas ley. Hoy sellé las cédulas.
Mi duda es la siguiente, tengo copias de traslado en el expediente, tengo también ahora que cargar la demanda y la documental por el sistema de gestión judicial?.
Agradeceré si alguien me ayuda con esto.
Cordiales saludos!
 #1130905  por adessoma
 
Sí, subi la demanda y la prueba al sistema Lex 100 y andá a diligenciar la cédula ley en papel al departamento judicial que corresponda.
Saludos.
 #1130955  por sanjuanino
 
La verdad, no tengo idea como sera este sistema, y agradezco a todos los dioses el que todavía no haya llegado a mi provincia
 #1130956  por adessoma
 
Cuando funcione bien será un golazo, sanhyanini
 #1131016  por agentil
 
adessoma escribió:Sí, subi la demanda y la prueba al sistema Lex 100 y andá a diligenciar la cédula ley en papel al departamento judicial que corresponda.
Saludos.
Perdón, pero entiendo que no la tiene que subir a la web. El demandado deberá subir su contestación de ésta forma pero el actor no lo tiene que hacer. O le estoy errando?

saludos!