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  • Cesion de derechos onerosa?

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 #1130871  por santiheladero
 
tengo un matrimonio fallecido, con 2 herederos hijos. Uno de ellos quiere su parte. El otro (X) tambien quiere la parte de el, pero el hijo del primer heredero me pide comprarle a X su parte, dandole el dinero, y haciendose una cesion de derechos onerosa, para q su madre y ella sean herederas.

es posible esto suponiendo que X esta de acuerdo en la cesion?
se puede hacer la escritura dejandose constancia q se pago Tanto dinero en concepcion de cesion onerosa?
 #1130881  por abogado_1987
 
entiendo que si es posible,
tené presente que

"... La cesión de derechos hereditarios es el contrato que tiene por objeto
transmitir el todo o una parte alícuota de la universalidad hereditaria..."


ARTICULO 1618.- Forma. La cesión debe hacerse por escrito, sin perjuicio de los casos en que se admite la transmisión del título por endoso o por entrega manual.
Deben otorgarse por escritura pública:
a) la cesión de derechos hereditarios;...


ARTICULO 2302.- Momento a partir del cual produce efectos. La cesión del derecho a una herencia ya deferida o a una parte indivisa de ella tiene efectos:
a) entre los contratantes, desde su celebración;
b) respecto de otros herederos, legatarios y acreedores del cedente, desde que la escritura pública se incorpora al expediente sucesorio;....

http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... /norma.htm
 #1130895  por sonicobcn
 
Es perfectamente posible y mas habitual de lo que pensas.
Primero tenes el beneficio que esa cesion no será observable en un estudio de titulos al ser onerosa.
Lo que si el escribano te va a retener el impuesto de sellos, si es prov bs as 1.2 sobre el precio de la cesion y en caba 1 sobre el precio, salvo que se ponga que hay entrega de posesion, de ser asi se tributa el 3.6 sobre el monto de la cesion.
Saludos