Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Apelacion en relacion

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1130493  por shaitan
 
hola, les consulto,el demandado apelo y nunca acciona el expediente, le concedieron la apelacion pero no presenta el memorial.
Puedo solicitar que se declare deierto o caduco? cual seria el medio idonio? gracias
 #1130495  por berlin1974
 
Concedido el recurso de apelación en relación, tiene cinco días desde la notificación ministerio legis para fundarlo con el memorial. Si no lo hace, pedí se declare desierto el recurso.
Salduos
 #1130969  por shaitan
 
berlin1974 escribió:Concedido el recurso de apelación en relación, tiene cinco días desde la notificación ministerio legis para fundarlo con el memorial. Si no lo hace, pedí se declare desierto el recurso.
Salduos
gracias

que articulo seria?
 #1130987  por berlin1974
 
Art. 246 CPCCN. "Cuando procediere la apelación en relación sin efecto diferido, el apelante deberá fundar el recurso dentro de los CINCO (5) días de notificada la providencia que lo acuerde. Del escrito que presente se dará traslado a la otra parte por el mismo plazo. Si el apelante no presentare memorial, el juez de primera instancia declarará desierto el recurso. Si cualquiera de las partes pretendiese que el recurso ha debido otorgarse libremente, podrá solicitar, dentro de TRES (3) días, que el juez rectifique el error. Igual pedido podrán las partes formular si pretendiesen que el recurso concedido libremente ha debido otorgarse en relación. Estas normas regirán sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 276."

Si es en alguna jurisdicción provincial, habría que buscar la concordancia en el código respectivo.
Saludos