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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1130907  por betoroger
 
Por favor, un par de dudas, haber si la generosidad de algunos de ustedes me desasna: 1) tengo un caso con un accidente de trabajo y despido. ART ddo. Capital y empleador con ddo. interior del país. Puedo encarar las dos cuestiones en la misma demanda en Bs. As.? como hace el empleador para comparecer a juicio?
2) En otro asunto, si presento fotocopias de certificados médicos por otro accidente, y estudios, todos emitidos en el interior del país, tendría que promoner al Juez que se libre oficio a la clínica que sea, a fin que la misma informe sobre la autenticidad de esos certificados y estudios?. O como se hace? Muchas gracias.
 #1130914  por sanjuanino
 
A la.primer pregunta lo demandas en el lugar del domicilio del lugar de trabajo. La demanda se notifica al empleador mediante oficio ley y el empleador es quien debe comparecer en juicio. Todo va en la misma.demanda
A la segunda pregunta la respuesta es si. Se pide que se libre oficio para el caso que se desconozca la autenticidad de la prueba
 #1130996  por betoroger
 
muchas gracias por la respuesta. Con respecto a la primera, la demanda la haré en el domicilio de la ART (Bs. As.) y que, como bien me decís, el empleador que está en el interior se las arregle para comparecer a juicio. Ta bien? Yo estoy acá en la capi, no puedo demandar en el domicilio de trabajo.
 #1131896  por TORDO
 
para demandar a la ART no es necesario demandar al empleador.- es más a veces es hasta aconsejable no demandarlo.-
De todas maneras el domicilio de uno solo de los demandados, es suficientes para sostener la competencia

suerte