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  • se presenta rebelde

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 #1130692  por Santina87
 
Hola estimados, tengo la siguiente duda, patrocino al actor.
En un Ds.Ps. que tramita x sumario, Pcia. Bs.As., no contetó demanda, se decretó rebeldía, notificada y firme.
Ahora se presenta el rebelde planteando nulidad de la "notificación de la demanda"... sin mencionar en su escrito de comparecencia nada respecto de su rebeldía.
Argumenta Art. 18 CN (defensa en juicio) , falta de legitimación pasiva.., que no estaba enterado... etc.etc.. Y ACOMPAÑA DNI para justificar que la demanda fue "mal notificada" con su domicilio "actual" y una copia de expensas... (yo notifiqué al domicilio que informó el Renaper)ambas>> demanda y rebeldía.
Quiero presentarme y notificarme de esta presentación, ya que el abogado de la demandada no libró las cédulas de traslado (según el proveído del juez... dice: devuelta que sea la cédula se proveerá, y no encuentro que haya librado la cédula... no dejó nota y en el juzgado me dicen que no las libró).

Entiendo que no corresponde agregación de documental (me opongo)
No corresponde pedir absolución de posiciones (las perdió cuando no compareció a la audiencia - que a pesar de su rebeldía -notifiqué).
Me voy a oponer a la excepción de falta de legitimadad pasiva (pues el actor ya tiene probada la relaciòn laboral que hubo e/ambos).
Me opongo a que se decrete la nulidad de la demanda (que está planteando)
Es irrelevante su domicilio actual y las boletas q pretende acompañar( pido su rechazo y desglose). Fija domicilio conjuntamente con su letrada.

La duda es que: DEBO PEDIR expresamente al juez tenga x válido el domicilio real al cual notifiqué... ya que a la hora de la sentencia debo librar cédula a ése domicilio.
Y si planteo que se tome simplemente como "comparecencia del rebelde" a los efectos del control de la prueba y que se produzca la que V.S. estime ??
Gracias anticipadas!!
 #1130694  por Santina87
 
propone prueba :
-de Informativa
-de absolución de posiciones (una sola vez se puede pedir en 1º instancia -pero al ser rebelde la puede proveer el juez?)
-plante nulidad de notificación de demanda
-plantea excep. falta de ligit. pasiva
-Niega todos los hechos (como si estuviera contestando en legal tiempo y forma!!) se tenga x contestada!!
No !!!! no se tiene por contestada !!! es rebelde.
 #1130813  por Santina87
 
Espero que algún colega tenga el deseo de brindar una ayudita.
Feliz día a las colegas mujeres en su día!
:)
 #1130828  por andresxeneizes
 
Vamos por partes decia Jack, aca primero que nada se sustancia lo que se llama incidente de nulidad de notificacion, que puede tener dos resultados, o lo sacan cagando al demandado y sigue el expte para adelante, o le hacen lugar y hay que volver a notificar la demanda

En este incidente de nulidad de notificacion se pueden presentar pruebas para sustanciar el incidente.

Despues este incidente tiene algunos requisitos mas, se debe decir que defensas se vio privado de oponer entre otras y decir que pruebas hubiera ofrecido si lo hubieran notificado en forma, sin perjuicio que luego en caso que hagan lugar al incidente haya que notificarlo de nuevo y conteste la demanda d e manera mas completa.

Aca el quid de la cuestion esta en que vos los notificaste al domicilio que dice Renaper, y el tipo dice que vivia en otro lado.
Desconocele la documental, y habra que ver que pruebas puede producir, tambien podes decir que el hecho que aparezca en las expensas lo unico que demuestra es que el depto es suyo no que vive alli, y que el informe valido es el de renaper.
 #1130837  por andresxeneizes
 
ojo otro recaudo es que el demandado tiene que plantear la nulidad dentro de los 3 o 5 dias segun lo que diga la ley provincial y decir cuando se entero de la existencia del expte, tenelo en cuenta para contestar el planteo, es una cuestion de forma por la cual quizas lo ganas
 #1131038  por Santina87
 
andresxeneizes escribió:Vamos por partes decia Jack, aca primero que nada se sustancia lo que se llama incidente de nulidad de notificacion, que puede tener dos resultados, o lo sacan cagando al demandado y sigue el expte para adelante, o le hacen lugar y hay que volver a notificar la demanda

En este incidente de nulidad de notificacion se pueden presentar pruebas para sustanciar el incidente.

Despues este incidente tiene algunos requisitos mas, se debe decir que defensas se vio privado de oponer entre otras y decir que pruebas hubiera ofrecido si lo hubieran notificado en forma, sin perjuicio que luego en caso que hagan lugar al incidente haya que notificarlo de nuevo y conteste la demanda d e manera mas completa.

Aca el quid de la cuestion esta en que vos los notificaste al domicilio que dice Renaper, y el tipo dice que vivia en otro lado.
Desconocele la documental, y habra que ver que pruebas puede producir, tambien podes decir que el hecho que aparezca en las expensas lo unico que demuestra es que el depto es suyo no que vive alli, y que el informe valido es el de renaper.
Yo pensaba encabezar diciendo: Me notifico de la presentación del rebelde.Porque él en ningún momento menciona su rebeldía.. cuestión de la que debemos partir... porque no tiene todas las facultades a esta instancia en la que aparece.
La rebeldía fue notificada en junio de 2015.
Ahora él se presenta como si contestara demanda, y de hecho la contesta punto por punto y la niega... (dice en legal tiempo y forma...) negando los hechos... y diciendo que de casualidad se ha enterado de esta demanda en su contra.... no aclarando cuándo se enteró... (lo cual es mentira).
Pide la nulidad de la notificación de la demanda (xq no se han cumplido los recaudos del art 190 de la acordada ( que luego ví... una es bajo responsab. de pte. con aviso y otra es sin aviso).. ahí tengo la duda.. pero es el domicilio del Renaper !!
en su petitorio: ofrece posiciones, Informativa, y agrega documental (dni y expensas)>>>que la expensa puede ser de un inmueble alquilado... o de otra propiedad (ya que tiene varias).

Quiero atacar ese escrito, ya que va a hacer un mes presentó el mismo y como dice el proveido: devuelta que sea la cédula se proveerá. El juez está esperando que notifique... es lo que yo entiendo o no ?? por lo visto no libró ninguna cédula dando trasladome traslado... entonces x una cuestión de buena fe procesal quiero contestar

El tema es que quiero atacar de lleno esa presentación del rebelde...
Pido no agregación de DNI Y EXPENSAS Y SE ORDE SU DESGLOSE.
Que se rechace el planteo de nulidad de notificación, x extemporáneo, que los actos procesales tienen un lìmite legal establecido y no pueden retrotreaer (preclusión),
Que su derecho de dfsa en juicio no ha sido vulnerado,
Se rechace por infundada la excepción planteada.

Y qué hago con la informativa que ofrece... y las posiciones para que responda el actor...(pide que se fije audiencia)>>cuando ya la hubo y no acompñó pliegos ni concurrió...
Puedo pedir se rechace todo ?
Está encaminado el razonamiento ? si así se lo puede llamar !! jaja!
 #1131093  por dagaboasol
 
Excelente lo de Andres como siempre *abrazo*
Para mua...Desde la fecha que tuvo conocimiento del acto impugnado, para poder determinar si se encuentra en tiempo hábil o no.
Expreso la fecha?? Si no lo hizo, atacaría x ese lado. Lo apelará, y la Cámara resolverá...
 #1131112  por andresxeneizes
 
los 3 o 5 dias como dijo la colega desde que tomo conocimiento del acto viciado, o si queres ponerle de la existencia del expte que viene siendo lo mismo en la practica
Yo pensaba encabezar diciendo: Me notifico de la presentación del rebelde.Porque él en ningún momento menciona su rebeldía.. cuestión de la que debemos partir... porque no tiene todas las facultades a esta instancia en la que aparece.
La rebeldía fue notificada en junio de 2015.
no tiene nada que ver la rebeldia con el incidente de nulidad de notificacion, justamente el pide que la notificacion sea nula y por ende si le hacen lugar no estaria rebelde
Ahora él se presenta como si contestara demanda, y de hecho la contesta punto por punto y la niega... (dice en legal tiempo y forma...) negando los hechos... y diciendo que de casualidad se ha enterado de esta demanda en su contra.... no aclarando cuándo se enteró... (lo cual es mentira).
contesta la demanda porque lo obliga el codigo a hacerlo al momento de plantear la nulidad
ES CLAVE SI NO DICE CUANDO SE ENTERO, AHI LO TENES AL HORNO POR UNA CUESTION DE FORMA, lo dice el codigo procesal y podes agarrar uno comentado para fundarlo mejor
Pide la nulidad de la notificación de la demanda (xq no se han cumplido los recaudos del art 190 de la acordada ( que luego ví... una es bajo responsab. de pte. con aviso y otra es sin aviso).. ahí tengo la duda.. pero es el domicilio del Renaper !!
entiendo que es una mera cuestion formal, pero aca tenes otro dato, si cuestiona el tema del aviso, es que vivia ahi, entonces no le causa perjuicio que no le hayan dejado el aviso (el perjuicio es otra cuestion de forma en los incidentes de nulidad), sino ni cuestionaria el tema del aviso porque directamente no vive ahi.
en su petitorio: ofrece posiciones, Informativa, y agrega documental (dni y expensas)>>>que la expensa puede ser de un inmueble alquilado... o de otra propiedad (ya que tiene varias).
esto creo que ya lo dije, lo de las expensas puede ser un inmueble suyo alquilado
Quiero atacar ese escrito, ya que va a hacer un mes presentó el mismo y como dice el proveido: devuelta que sea la cédula se proveerá. El juez está esperando que notifique... es lo que yo entiendo o no ?? por lo visto no libró ninguna cédula dando trasladome traslado... entonces x una cuestión de buena fe procesal quiero contestar
es que sino contestas no avanzas, hasta que no se resuelva el incidente de nulidad no se sigue adelante con el resto del expte
El tema es que quiero atacar de lleno esa presentación del rebelde...
Pido no agregación de DNI Y EXPENSAS Y SE ORDE SU DESGLOSE.
creo que esto tambien ya lo dije, esta es documentacion que se ofrece a los efectos del incidente, tiene derecho de ofrecerla el demandado y vos de desconocerla
Que se rechace el planteo de nulidad de notificación, x extemporáneo, que los actos procesales tienen un lìmite legal establecido y no pueden retrotreaer (preclusión),
sino dijo cuando se entero es extemporaneo por no plantearlo dentro de los 5 dias, pero nada tiene que ver eso con la preclusion y el tema de retrotraer actos.
Y qué hago con la informativa que ofrece... y las posiciones para que responda el actor...(pide que se fije audiencia)>>cuando ya la hubo y no acompñó pliegos ni concurrió...
Puedo pedir se rechace todo ?
lo mismo que dije dos puntos mas atras esta es documentacion que se ofrece a los efectos del incidente, tiene derecho de ofrecerla el demandado y vos de desconocerla
Está encaminado el razonamiento ? si así se lo puede llamar !! jaja!
la verdad no esta bien encaminado, yo no soy el dueño de la verdad ni velez sarsfield ni mucho menos, pero veo que no tenes en claro el tema como se manaje el incidente de nulidad de notificacion.
Ya que no te notificaron y seguro no te van a notificar tenes tiempo, mi recomendacion, es o estudiar bien el tema, lee codigos procesales comentados y/o busca un amigo que tenga bien claro el derecho procesal para que te ayude a contestar este traslado
 #1131212  por Santina87
 
Ok Andrés excelente como siempre y tenés razón.. Es la primera vez q se me plantea...x eso estoy complicada.
Un saludo y gracias "nuevamente".
St