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  • FALTA DE TRANSFERENCIA DE UN AUTOMOTOR

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 #424069  por kitty1234
 
HOLA COLEGAS LOS CONSULTO POR falta de transferencia de una camioneta que un cliente vendio a una concesionaria , no firmo boleto de compraventa, ni se firmo 08 fue en el 2004 y el automotor aun se encuentra a su nombre le llegan las deudas de ARBA por las patentes , quiero evitarle un juicio de apremio .Lo únicao que tiene es hecha la deniuncia de venta automotor firmada solo por el.Que hago? le mando CD a la concesionaria intimandola que se haga cargo de transfwerir el automotor yo ya llame al la concesionaria y no tienen ni idea de donde esta el vehiculo, para pedir secuestro del vehiculo como hago si la denuncia de venta fue en el 2004 y el Registro tengo entendido que lo intima dentro de los 30 dias de hecha la CD. NO SE POR DONDE COMENZAR SI TIENEN MODELO DE CD MEJOR Y QUE ME ACONSEJAN HACER.GRACIAS
 #429405  por quijote
 
Hola kitty1234, te comento, que al haber hecho denuncia de venta y vencido el plazo otorgado por el registro, el automotor se encuentra con pedido de secuestro y tampoco puede circular, con respecto a ARBA la denuncia de venta no es suficiente para la baja impositiva , esta debe estar acompañada del boleto de compra venta, con el impuesto de sellos abonado, es una situacion dificil ya q en el derecho tributario son todos culpables hasta q se demuestre lo contrario. espero q te sea de utilidad mis comentarios, salu2
 #429611  por kitty1234
 
MIL GRACIAS POR CONSTESTAR!!!! el tema es que solo efectuo denuncia de venta en el Registro automotor pero desde ya que impositiva no porque no tenia boleto y además que era evidente que colaboracion de la consecionaria no tenia .Como nadie me contestaba mande la CD que enviaria a la firma en derecho del consumidor si podes mirala a ver que opinión te merece lo que intento es que la consecionaria se haga cargo de transferir lo que es dificil porque quien sabe donde anda la camioneta , desde el punto de vista de Arba si le inician un apremio que defensa tiene si no logra transferir ? MUCHAS GRACIAS
 #429648  por Pasadorama
 
Una analogía del "pague y después quéjese".

La exoneración, por la denuncia de venta, es para efectos civiles, no impositivos.

Es un T E M A.
 #451423  por moyano27
 
BUENOS DÍAS, MI CONSULTA ESTÁ REFERIDA AL CASO DE UN VEHICULO QUE ENTREGUÉ EN EL AÑO 1998 (APROX.)A CAMBIO DE OTRO EN UNA AGENCIA QUE CERRÓ. DE MODO QUE ME FUE IMPOSIBLE HACER LA TRANSFERENCIA, YA QUE EL VEHÍCULO FUE VENDIDO EN VARIAS OPORTUNIDADES. EL ORG. RECAUDADOR (DGR) ME RECLAMA EL PAGO DE PATENTES DESDE EL AÑO 2003 A LA FECHA.
EN EL AÑO 2001 HICE LA DENUNCIA DE VENTA CON PEDIDO DE SECUESTRO. EN EL 2002 GENDARMERIA SECUESTRÓ EL AUTOMÓVIL, Y QUEDÓ COMO DEPOSITARIO JUDICIAL EL INFRACTOR. LUEGO DE VARIAS NOTIFICACIONES DE DGR, AVERIGUE POR MEDIOS PROPIOS LA UBICACIÓN DEL DEPÓSITO JUDICIAL.
CONCURRÍ AL DOMICILIO Y ME ENTERÉ QUE EL AUTOMÓVIL HABÍA SIDO DESARMADO (DESGUASADO) Y VENDIDO EN PARTES EN EL AÑO 2003. MI PREGUNTA ES: SI DGR PUEDE EMBARGAR EL VALOR CORRESPONDIENTE A LAS PATENTES DESDE EL AÑO 2003.
CABE DESTACAR, QUE EL ORGANISMO QUE REALIZÓ EL SECUESTRO, NUNCA EJERCIÓ EL CONTROL DEL ESTADO AL VEHICULO.
MUCHAS GRACIAS
 #1131425  por negropala
 
Buenos dias
Tengo una consulta para hacerles. Hace 2 años entregue un auto en parte de pago en una concesionaria y realice la denuncia de venta por el auto que deje. El tema es que nunca realizaron la transferencia y al desconocer que tenia que hacer la denuncia de venta impositiva ante rentas el auto acumula una deuda a mi nombre.
Ayer por casualidad pase por una concecionaria y tenian el auto en la vereda en venta. El auto tiene pedido de secuestro (lo averigue recien en el registro automotor). Mi consulta es si lo denuncio en la seccional correspondiente al domicilio donde se encuentra la concecionaria actual ellos pueden secuestrar el vehiculo y asi obligar al actual dueño a transferir el vehiculo y por ende cancelar toda la deuda que tiene?
Muchas gracias