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  • ayudita necesito modelo de demanda contra afjp crediccop

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1131541  por cuantacuantapaciencia
 
Hola les cuento mi clienta tubo a su marido en una afjp en el año 1994 justo cuando comienza la 24.241
de las afjp y el señor se afilia a la del crediccop, luego fallece y mi cliente aduce que le toca una renta vitalicia pero ella no recuerda en ningun momento haber firmado nada. mi pregunta es la siguiente..... puede con el nuevo fallo correspondiente a las afjp por reajuste aplicar , este,
alguien tendria un modelo que me preste????? creo que salio un fallo ejemplificativo que le dieron como tres veces mas de haber sobre la mínima , es así??? gracias saluditos
 #1131553  por cuantacuantapaciencia
 
esto es lo que me contesto el anses , como rehago la demanda
decir,quealmomentodecontrataraactorasurentavitaliciaprevisional,estabaenplenoconocimientodequeelsEtadosologarantizabaelpagodelaprestaciónencasodedeclaracióndequiebraoliquidaciónporinsolvenciade
lascompañíasdeseguro.Peronuncagarantizóelpagodeunmínimodeprestación.Reitero:elquantumdelarenta
fuedefinidocontractualmenteentrelaaccionanteylaCompañía"CredicoopSegurosdeRetiro",
relacióncontractualqueresultaatodaslucesajenaamipoderdan
 #1131651  por markello
 
Un poco mas claro por favor, no se entiende nada.

Primero saber si hoy esta percibiendo algún beneficio (entendemos que tuvo acceso a pension directa) si ha cumplido con los requisitos legales para acceder al beneficio.

Importante tomar debida lectura del ultimo antecedente que refiere a la movilidad en la prestación de capitalización. Si bien es un antecedente favorable AUN QUEDA QUE RESUELVAN EL CALCULO DEL HABER INICIAL CAPITALIZABLE ya que las remuneraciones, al igual que el anses, NO ERAN ACTUALIZADAS y por tanto lo establecido por Elliff al día de la fecha NO se aplican al sistema de capitalización.

En el mismo sentido de los antecedentes Alvarez y Vitiello de mar del plata, si bien hoy se ha obtenido una movilidad, seguimos en la búsqueda que EL COMPONENTE DE CAPITALIZACION INICIAL sea equiparado como si estuviera en el estado. Es imposible entender cual es la causa de un jubilado que luego del 94 haya aportado al sistema de capitalización y HOY ese monto es entre 10 y 20 veces menor al que hubiera optado por la PAP (estado) aunque se le aplique la movilidad establecida por la 26.417.

Si bien la movilidad es un avance aún NO han resuelto del calculo del haber capitalizable inicial, la falta de actualización de las remuneraciones al cese y cual es el motivo por el cual una renta vitalicia HOY es sensiblemente inferior a la PAP.

Saludos