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  • Cómo iniciar sucesión ab intestato con legado

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 #1132128  por Bita
 
Colegas,

Tengo que iniciar una sucesión que tiene estas particularidades:

Mi clienta es sucesora de sus tres hermanas. Hay un inmueble que era propiedad de estas tres hermanas solteras, sin hijos y cuyos padres fallecieron antes que ellas.
Una de las hermanas legó, mediante escritura pública, su parte del inmueble a una de las hijas de mi clienta.
La hija hace años que vive en el inmueble y con su madre está todo bien.

Quiero confirmar lo siguiente:

a) ¿El legado no está afectando la legítima de nadie? porque la persona que concurre a la sucesión no es heredera legitimaria.
b) Al iniciar la sucesión denuncio el inmueble, denuncio el legado, y denuncio que la legataria está viviendo en el inmueble desde x año. Y que por eso pido que se ordene la inscripción del inmueble a su nombre.
c) ¿Tiene que presentarse la legataria a estar a derecho en la sucesión?

Gracias,
Saludos a todos
 #1132146  por abogado_1987
 
Bita escribió:Colegas,

Tengo que iniciar una sucesión que tiene estas particularidades:

Mi clienta es sucesora de sus tres hermanas. Hay un inmueble que era propiedad de estas tres hermanas solteras, sin hijos y cuyos padres fallecieron antes que ellas.
Una de las hermanas legó, mediante escritura pública, su parte del inmueble a una de las hijas de mi clienta.
La hija hace años que vive en el inmueble y con su madre está todo bien.

Quiero confirmar lo siguiente:

a) ¿El legado no está afectando la legítima de nadie? entiendo que no afecta legítima porque la persona que concurre a la sucesión no es heredera legitimaria.
b) Al iniciar la sucesión denuncio el inmueble, denuncio el legado, entiendo que si y denuncio que la legataria está viviendo en el inmueble desde x año. Y que por eso pido que se ordene la inscripción del inmueble a su nombre entiendo que 1/3 (1)
c) ¿Tiene que presentarse la legataria a estar a derecho en la sucesión? entiendo que si

Gracias,
Saludos a todos
(1) ARTICULO 2508.- Legado de un bien en condominio. El legado de un bien cuya propiedad es común a varias personas transmite los derechos que corresponden al testador al tiempo de su muerte.
El legado de un bien comprendido en una masa patrimonial común a varias personas es válido si el bien resulta adjudicado al testador antes de su muerte; en caso contrario, vale como legado de cantidad por el valor que tenía el bien al momento de la muerte del testador.
 #1132163  por Bita
 
Gracias por tu respuesta, abogado 1987.

En cuanto a la nota, si, el inmueble fue adquirido por la testadora con anterioridad al testamento. En este caso el inmueble lo compraron dos de las hermanas (siendo una de ellas la que legó su parte). por lo tanto la inscripción la tendría que pedir, a favor de la legataria, por 1/2 del bien.

Saludos,
Gabriela
 #1132232  por abogado_1987
 
Bita escribió:Gracias por tu respuesta, abogado 1987.

En cuanto a la nota, si, el inmueble fue adquirido por la testadora con anterioridad al testamento. En este caso el inmueble lo compraron dos de las hermanas (siendo una de ellas la que legó su parte). por lo tanto la inscripción la tendría que pedir, a favor de la legataria, por 1/2 del bien.

Saludos,
Gabriela
Bita escribió: ... Hay un inmueble que era propiedad de estas tres hermanas solteras, sin hijos...
Hola, si podés aclará el porcentaje que le corresponde en propiedad a la causante testadora
 #1132332  por Bita
 
Hola,

Si me equivoque cuando explique antes. La sucesión se abre por tres hermanas, y hay un bien que entra en ella que fue comprado por dos de las hermanas o sea por mitades. Una de estas es la testadora, que es dueña del 50% del departamento. Ella lego ese 50%

Gracias.
 #1132407  por abogado_1987
 
Bita escribió:Hola,

Si me equivoque cuando explique antes. La sucesión se abre por tres hermanas, y hay un bien que entra en ella que fue comprado por dos de las hermanas o sea por mitades. Una de estas es la testadora, que es dueña del 50% del departamento. Ella lego ese 50%

Gracias.
Ok, entendido

de nada, suerte
 #1148019  por Bita
 
Cuento el resultado para quien tenga un caso igual: en la declaratoria de herederos me mandaron a abrir la sucesión testamentaria. entiendo que es correcto si se toma en cuenta lo establecido en los artículos (2337 ultima parte y 2339).