Mi clienta es demandada en virtud del art 214 inc 2 CC. , contestè la demanda y reconvine por injurias graves, previo a dar traslado de la reconvenciòn pasan las actuaciones a la Consejera de Familia y se fija audiencia a fin de abordar la situacion planteada. ¿ a què se refiere, es a las causales y se puede llegar a algun acuerdo en esta audiencia? GRACIAS!!
ORIANA escribió:Mi clienta es demandada en virtud del art 214 inc 2 CC. , contestè la demanda y reconvine por injurias graves, previo a dar traslado de la reconvenciòn pasan las actuaciones a la Consejera de Familia y se fija audiencia a fin de abordar la situacion planteada. ¿ a què se refiere, es a las causales y se puede llegar a algun acuerdo en esta audiencia? GRACIAS!!