AYUDA!!! POR FAVOR!!! Tengo un pagaré con vencimiento el 10/02/2014. Según la antigua ley prescriben los pagarés a los 3 años de su vencimiento osea que hubiera prescripto el 10/02/2017.- Ahora bien según la nueva ley art 2564 inc d, cualquier documento endosable prescribe al año, osea que según esta ley ha prescripto el 10/02/2015.- Pero existe en el nuevo código el art. 2537: Modificación de los plazos por ley posterior. Leyéndola entiendo que el documento prescribiría el 01/08/2016, osea que estaría a tiempo de ejecutarlo. Agradezco si alguien me puede brindar alguna información, si coinciden o no conmigo. Gracias!!!
Yo también necesito saber lo mismo...si lo resolviste contame como!!!
Gracias!!