Colegas, tengo una pregunta, me vino un caso de alimentos atrasados (se pago 2/3 de la cuota que estaba pactada) en el cual el convenio estaba homologado, pero la sentencia homologatoria no estaba firma ya que la misma no había sido notificada, yo notifique la sentencia homologatoria como me lo requirió el juzgado, mi pregunta es: desde cuando puedo reclamar los alimentos atrasados, desde la firma del convenio, desde la sentencia homologatoria o desde que quedo notificada la homologación?