Buenas tardes colegas: me surge la siguiente duda en mi primer laboral, es un trabajo no registrado, el cual realice todo el intercambio como corresponde, la primer cd la contestaron, así que se notificaron, y metí la correspondiente demanda luego de cerrar Seclo sin arreglo. Porque nunca fueron.
Cuando el juzgado intenta notificar la cédula volvió sin notificar (aun no pude ver el motivo ya que la misma no volvió al juzgado) mi duda es, si por ejemplo no se notifican porque niegan la existencia de la SA en la dirección, puedo invocar el TLC que envié y si recibieron? El mismo forma parte de la prueba de la demanda. Y si invoco a este, puedo pedir notificación bajo responsabilidad.?
Gracias por las respuestas.
Cuando el juzgado intenta notificar la cédula volvió sin notificar (aun no pude ver el motivo ya que la misma no volvió al juzgado) mi duda es, si por ejemplo no se notifican porque niegan la existencia de la SA en la dirección, puedo invocar el TLC que envié y si recibieron? El mismo forma parte de la prueba de la demanda. Y si invoco a este, puedo pedir notificación bajo responsabilidad.?
Gracias por las respuestas.