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  • JUICIO LABORAL EN CAPITAL. CONSIGNACION EN PROV DE BS AS

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 #1124322  por BARBIE TURICA
 
ESTIMADOS COLEGAS..

LES ESCRIBO PORQUE TENGO UN JUICIO POR DESPIDO EN CAPITAL CON UNA EMPRESA DE SEGURIDAD.

AL MOMENTO DEL TRASLADO DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA LA EMPRESA DEMANDADA OFRECE COMO PRUEBA DOCUMENTAL, ENTRE OTRAS, EL CERTIFICADO DE TRABAJO DEL ART. 80 LCT.

EMPIEZO A HOJEAR EL JUEGO DE TRASLADO Y EL CERTIFICADO DE TRABAJO NO HABIA SIDO ADJUNTADO.

IMPUGNO EL MISMO POR NO HABER RECIBIDO COPIA Y DETERMINAN FECHA DE AUDIENCIA DEL ART. 80. EN DICHA AUDIENCIA LA PARTE DEMANDADA HACE UN ESCÁNDALO DICIENDO QUE EL CERTIFICADO DE TRABAJO HABIA SIDO ADJUNTADO Y QUE ERA CULPA DEL JUZGADO QUE LO HABIA PERDIDO.

EL JUZGADO RESUELVE QUE LA PARTE DEMANDADA NO LO HA ACOMPAÑADO EN TIEMPO Y FORMA CON EL TRASLADO DE LA DOCUMENTAL.

HACE UN PAR DE DIAS ME LLAMA MI CLIENTE Y ME DICE QUE LE LLEGO UNA CEDULA DE SAN ISIDRO CONSIGNANDOLE EL CERTIFICADO DE TRABAJO EN PROVINCIA.

ALGUNA OPINION??? ME PARECE UNA BARBARIDAD, NUNCA ME PASÓ. ENCIMA TENGO QUE CONTESTAR EN PROVINCIA Y SOLO ESTOY MATRICULADA EN CAPITAL.
 #1124566  por flux
 
ALGUNA OPINION??? ME PARECE UNA BARBARIDAD, NUNCA ME PASÓ. ENCIMA TENGO QUE CONTESTAR EN PROVINCIA Y SOLO ESTOY MATRICULADA EN CAPITAL.
Eso es parte de las reglas del juego, en si la consignacion fue en pcia no porque haya sido a proposito "per jodere" de la empresa, fue porque el trabajador tenia domicilio en pcia, y la competencia para consignar es la del domicilio del trabajador

Tendras que contestar en provincia impugnando la consignacion alegando que la misma ya fue rechazada en otro juicio anterior, por lo que un juez por juicio posterior no puede venir a reabrir etapas cerradas de un juicio anterior, y pedir que se remita el expediente de pcia. al de capital

La otra es, no contestarlo, mandar a cagar al expediente en pcia, y despues seguir la ejecutoria en capital llegado el caso. Por mas que el juicio de pcia declare procedente la consignacion..., el de capital ya dijo que no la era..., por lo que igual te van a dar a favor por la ejecutoria de la multa.

Que puede hacer entonces el ejecutado, protestar que bla bla bla en provincia..., pero ahi pedis oficio al juicio de provincia para que digan cuando fue que se consigno, y entonces cuando en capital vean que la fecha es posterior al rechazo de la supuesta consignacion de la capital..., la ejecutoria va a proseguir
 #1124713  por agentil
 
BARBIE TURICA escribió:Gracias por tu respuesta, Flux. El domicilio del trabajador es en capital. Nunca me pasó, pero pensaba igualmente contestar en provincia.
Bueno entonces también tenes otra defensa que es la incompetencia. Se lo llevas a capital y le ganas todo igual, y además pedis las costas de provincia.

saludos!!