Hola a todos. En un divorcio contradictorio, apelé honorarios por altos contra mi cliente en 2012 y salió la sentencia el 15/2/16. Le avisé que había que pagar y me dijo que en ese momento estaba con alguna dificultad económica. El fallo del Juzgado dice "Por devueltos, hágase saber. Notifíquese junto con la resolución de Alzada".
Mi pregunta es ¿soy yo quien debe notificar o la contraria? Consulté el listado de cédulas y no hay ninguna enviada a las partes. Los que se benefician con notificar son los de la otra parte, pero es raro que haya pasado más de un mes y no se hayan ocupado (cuando me beneficia a mí, envío cédula DE INMEDIATO, por eso quizá me extraña que ellos no actúen igual). Espero puedan decirme cómo es la cosa, agradecido por adelantado.
Felices Pascuas.
Mi pregunta es ¿soy yo quien debe notificar o la contraria? Consulté el listado de cédulas y no hay ninguna enviada a las partes. Los que se benefician con notificar son los de la otra parte, pero es raro que haya pasado más de un mes y no se hayan ocupado (cuando me beneficia a mí, envío cédula DE INMEDIATO, por eso quizá me extraña que ellos no actúen igual). Espero puedan decirme cómo es la cosa, agradecido por adelantado.
Felices Pascuas.
