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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1133950  por Iusgus2013
 
Buenas tardes Colegas. Queria realizar una consulta. Antes que nada aclaro que no me especializo en familia. Les comento brevemente: hace un año y medio mi amiga debia asistir a una audiencia por tenencia y regimen de visitas, me pidio que si la podia acompañar, tome vista del expediente y me presente en la audiencia. Me abono por el trabajo. Ahora bien, todo quedo ahi, porque hubo un acuerdo. Ahora el ex, junto a su madre, solicitarnos nueva audiencia. La consulta es: debo presentarme si o si? Puede ir con otro colega o asistir sola? Porque me avisa de aca a 2 dias y tengo otros compromisos. Debo presentar una renuncia si o si? ACLARACIÓN: en la cd le informan que debe presentarse pero no en caracter de que es la audiencia (sera una revisión de los dias y fechas).
Agradeceria puedan guiarme. Muchas gracias a todos. Saludos
 #1134001  por Iusgus2013
 
Debo renunciar al patrocinio por escrito o se me da la baja automáticamente al contratar a otro colega???
 #1134416  por estudiojuridicomonte
 
la verdad esta todo confuso... la notificaron de una audiencia del juzgado por CD? tiene que ser por cedula.
el mejor lugar donde podes averiguar es en el mismo juzgado, llama por telefono y pregunta por las dudas.
yo te digo que para mi no es necesario que baja si o si con vos, que vaya con otro abogado y de ultima que ese abogado invoque art. 48 (representacion) y despues mediante escrito ratificas todo lo actuado por el o ella. no te preocupes decile a tu amiga que tenes compromisos y que de ultima buque a alguien provisoriamente que lo vas a ratificar (tenes 60 dias)
exitos
 #1134475  por Iusgus2013
 
estudiojuridicomonte escribió:la verdad esta todo confuso... la notificaron de una audiencia del juzgado por CD? tiene que ser por cedula.
el mejor lugar donde podes averiguar es en el mismo juzgado, llama por telefono y pregunta por las dudas.
yo te digo que para mi no es necesario que baja si o si con vos, que vaya con otro abogado y de ultima que ese abogado invoque art. 48 (representacion) y despues mediante escrito ratificas todo lo actuado por el o ella. no te preocupes decile a tu amiga que tenes compromisos y que de ultima buque a alguien provisoriamente que lo vas a ratificar (tenes 60 dias)
exitos
Si, la notificaron por CD. De hecho me la alcanzo para que la veo. Me parecio muy raro tmb. Tendré en cuenta lo aportado. Me es muy útil. Muchas gracias por la predisposición. Saludos!