Una persona hace un convenio por alquileres impagas y no paga la tercera cuota con lo cual le hacen una ejecución. Sin embargo le siguen recibiendo los pagos convenidos por afuera del juicio ejcutivo.
Mi idea es dejar que llegue a pagar la deuda de capital del acuerdo y luego presentar un escrito por el cual se tenga por satisfecha la deuda en razón de que la actora no efectuo reserva de intereses. Esto es viable? seria el art 624 del antiguo código pero no encuentro que articulo del nuevo recepta este principio.
Mi idea es dejar que llegue a pagar la deuda de capital del acuerdo y luego presentar un escrito por el cual se tenga por satisfecha la deuda en razón de que la actora no efectuo reserva de intereses. Esto es viable? seria el art 624 del antiguo código pero no encuentro que articulo del nuevo recepta este principio.
