Colegas, mi estimada procuradora se notificó espontáneamente de una declaración de rebeldia, aparte de matarla necesito que me sugieran que hacer con el tema. Les cuento:
Es una reivindicacion en pcia. Yo soy la letrada de una de las partes que efectivamente es ocupante y decretan rebeldes a sus hijos que no viven con ella, igual como se notificó oportunamente mediante cédula a ella y a los ocupantes y/ o intrusos los dan como rebeldes. Mi consulta es qué escrito debo presentar para demostrar que no son ocupantes , entiendo que una apelación pero no estoy segura. Tampoco estoy muy segura que esté efectivamente notificada porque en realidad retira mi autorizada pero yo no estoy como abogada de los hijos todavía aunque si lo voy a ser pero tengo miedo de quedarme en el molde y que después el juzgado diga que la madre o yo tomamos conocimiento y pierda la oportunidad de apelar pese a que el art. de rebeldía dice claramente que la notificación es por cédula o edictos (art. 59 CPCC). Ustedes que harian? si... aparte de matar a la procuradora....
Es una reivindicacion en pcia. Yo soy la letrada de una de las partes que efectivamente es ocupante y decretan rebeldes a sus hijos que no viven con ella, igual como se notificó oportunamente mediante cédula a ella y a los ocupantes y/ o intrusos los dan como rebeldes. Mi consulta es qué escrito debo presentar para demostrar que no son ocupantes , entiendo que una apelación pero no estoy segura. Tampoco estoy muy segura que esté efectivamente notificada porque en realidad retira mi autorizada pero yo no estoy como abogada de los hijos todavía aunque si lo voy a ser pero tengo miedo de quedarme en el molde y que después el juzgado diga que la madre o yo tomamos conocimiento y pierda la oportunidad de apelar pese a que el art. de rebeldía dice claramente que la notificación es por cédula o edictos (art. 59 CPCC). Ustedes que harian? si... aparte de matar a la procuradora....
He aprendido que las oportunidades no se pierden nunca...las que tu dejas marchar las aprovecha otro.-
