Buenos días!!! Estoy dando mis primeros pasos, de manera independiente, en la profesión y comienzan las dudas!!! Recibí un caso, de una señora que se cayó en una vereda de CABA, por engancharse el calzado, consecuencia de que la vereda esta rota, con la mala suerte de caer, con sus brazos, sobre vidrios de una botella de cerveza rota. Tengo entendido, de acuerdo a lo que estuve investigando, que en CABA el responsable de mantener la vereda en buenas condiciones es el propietario frentista y el GCBA responde por la omisión en su deber de controlar que se cumpla con la obligación de mantener la vereda en condiciones. Ahora bien, la vereda en la cual se cae mi clienta, corresponde a un local que, por el frente, será un futuro supermercado DIA, pero todavía no hay nada. Y en el frente de este local no hay chapa con numeración ni nada que indique la altura. Sí tengo la numeración de los locales linderos (un taller mecánico de un lado y un estacionamiento de super COTO, del otro lado). Mi consulta sería que me conviene hacer para identificar al propietario de este local que no tiene número?? Porque al no tener la altura, no puedo pedir informe de dominio en el RPI de CABA; e intente pedir mediación, citando sólo a GCBA, para no demorar el tema, pero la mediadora, con razón, me recomienda citar al propietario frentista, para evitar futuros retrocesos en el procedimiento. Ojala puedan guiarme, porque estoy traba en este tema y no se me ocurre como seguir!!! Muchísimas gracias!!!!!