Hola a todos,
Mi consulta es de una clienta que estando de licencia por enfermedad la despidieron y le mandaron cd para que cobre. Se presentó al lugar y una persona luego le dijo que le consignaron la liquidación.
Ella estaba registrada con la mitad del sueldo en negro y fecha de alta tardía.
Puedo reclamar habiendo consignado el empleador, que vale decir nosé ni donde consignó ni como hago para que cobre...
Puedo reclamar aún las multas art.1 Ley 25.323, art.43 Ley 25.345, art. 45 Ley 25.345. en la CD???
Mi consulta es de una clienta que estando de licencia por enfermedad la despidieron y le mandaron cd para que cobre. Se presentó al lugar y una persona luego le dijo que le consignaron la liquidación.
Ella estaba registrada con la mitad del sueldo en negro y fecha de alta tardía.
Puedo reclamar habiendo consignado el empleador, que vale decir nosé ni donde consignó ni como hago para que cobre...
Puedo reclamar aún las multas art.1 Ley 25.323, art.43 Ley 25.345, art. 45 Ley 25.345. en la CD???