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  • vista de la causa

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 #1134052  por Free2969
 
Estimados:

A los efectos de tomar vista de una causa penal, en la cual el imputado/condenado (no se) se encuentra en otro pais, donde hay un pedido de extradiciòn....Puedo solicitar por escrito la vista de la causa? sin firma de el?, me diràn que si? esto no compromete en nada mi labor? solo estoy contratado para ver de que se trata la imputaciòn o condena


gracias
 #1134187  por DRA. MACA
 
Free2969 escribió:Estimados:

A los efectos de tomar vista de una causa penal, en la cual el imputado/condenado (no se) se encuentra en otro pais, donde hay un pedido de extradiciòn....Puedo solicitar por escrito la vista de la causa? sin firma de el?, me diràn que si? esto no compromete en nada mi labor? solo estoy contratado para ver de que se trata la imputaciòn o condena


gracias
Si, podés tomar vista.
 #1134960  por Free2969
 
HOLA

Gracias por responder....les cuento que me atendio el Secretario y me dijo que la causa està reservada, que debía presentarme y que el imputado debía ratificarme, el tema es que no quiero quedar vinculado....solo quiero ver la causa y conocer la imputaciòn.

Me ayudan a fomar,e una opinión al respecto.Gracias
 #1134976  por Juannabla
 
Decile la verdad y que antes de cerrar con tu cliente querés saber de que se trata. Seguramente vas a ver la causa y te van a hacer registrar que tomaste vista. Si después, alguien usa mal la información que vos obtuviste, vas a tener momentos "no positivos".
 #1134983  por DRA. MACA
 
Free2969 escribió:HOLA

Gracias por responder....les cuento que me atendio el Secretario y me dijo que la causa està reservada, que debía presentarme y que el imputado debía ratificarme, el tema es que no quiero quedar vinculado....solo quiero ver la causa y conocer la imputaciòn.

Me ayudan a fomar,e una opinión al respecto.Gracias
Es en capital o provincia?
 #1134985  por DRA. MACA
 
Perdon, pero el secretario con mi mayor respeto no sabe un carajo, lee art. 75 parrafo 3° del Código Penal de la Nación y Art. 91 párrafo 3 del Código Procesal de la Provincia, en ambos establece muy claramente que el defensor tiene derecho a examinar las actuaciones antes de asumir el cargo, si el secretario te insiste contestale que claro que si tu cliente violó a 80 pibes vos asumiste el cargo antes de saberlo?

Son de terror.
 #1135005  por DRA. MACA
 
DraMatraca escribió:
Free2969 escribió:HOLA

Gracias por responder....les cuento que me atendio el Secretario y me dijo que la causa està reservada, que debía presentarme y que el imputado debía ratificarme, el tema es que no quiero quedar vinculado....solo quiero ver la causa y conocer la imputaciòn.

Me ayudan a fomar,e una opinión al respecto.Gracias


*leo* *leo* *leo* *leo* el secretario tiene razón *leo* *leo* *leo* *leo* si tiene carácter reservado no lo podes ver sin la autorización del delincuente *leo* *leo* *leo* *leo* lo mismo pasa en los juzgados de familia, no se pueden ver los expedientes de familia porque tienen carácter reservado *leo* *leo* *leo* *leo* te tiene que dar autorización al cliente *cumple* *cumple* *cumple* *cumple*
Claro, seguro va a tener que aceptar el cargo para ver la causa, y si mató y descuartizó 50 personas y bueno, se jode porque el cargo ya está aceptado, que estupidez decís, nada tiene que ver fuero penal con fuero de familia, ah si, en que ambos usan papel para las causas :lol: :lol: :lol: :lol:
 #1135074  por DRA. MACA
 
Encima no sos original ni en los insultos jajajatenes y si del hambre que tenes para mas no da. No va a ser la primera vez que mandes boludeces en respuesta y todos te hagamos ver que estas equivocado.

Ya deberias estar acostumbrado.

Vaya a seguir soplando a los hombre de su mami.
 #1135097  por DRA. MACA
 
Pobre enfermito.
 #1135179  por DRA. MACA
 
Si vos sos un verdadero hombre Ricardo Fort con Guido Suller son los super machos de América :lol: :lol: :lol: :lol:
 #1135552  por anamariavidal
 
Estimados colegas:
Cuanto tiempo puede un juez determinar su competencia? tengo una causa en San Martín
hace 45 días que no resuelve. Muchas gracias.