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  • Mi primer accidente de trabajo ART

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1135421  por Andresperes
 
Estimado colegas tengo en trámite mi primer accidente por ART. Si bien estoy estudiando el tema estoy teniendo algunas dudas para arrancar. Es un trabajador que se operó el tobillo, pero quedo con secuela (no puede ya doblarlo como antes). La ART brindo toda la prestación en especie para el tratamiento médico.


Todavía la ART no fijo grado de incapacidad, ni llegó noticias al trabajador que haya arrancado el trámite en la S.R.T ¿En caso que no tenga noticias los intimo a lo que lo inicie, o lo inicio por cuenta del trabajador para determinar la incapacidad? El alta fue dada el 5 de abril de este año.
Por otro lado mi cliente no quiere que esto llegue a conocimiento del empleador, mi idea es demandar solamente a la ART pero por lo que tuve viendo es imposible que no se anoticie el empleador si esto llega a ir juicio (por ej por peritajes sobre los libros de la empresa) ¿Estoy en lo cierto?

Muchas gracias a quien pudiera darme algún consejo de cómo seguir, muchas gracias!
 #1135444  por DRA. MACA
 
Andresperes escribió:Estimado colegas tengo en trámite mi primer accidente por ART. Si bien estoy estudiando el tema estoy teniendo algunas dudas para arrancar. Es un trabajador que se operó el tobillo, pero quedo con secuela (no puede ya doblarlo como antes). La ART brindo toda la prestación en especie para el tratamiento médico.


Todavía la ART no fijo grado de incapacidad, ni llegó noticias al trabajador que haya arrancado el trámite en la S.R.T ¿En caso que no tenga noticias los intimo a lo que lo inicie, o lo inicio por cuenta del trabajador para determinar la incapacidad? El alta fue dada el 5 de abril de este año.
Por otro lado mi cliente no quiere que esto llegue a conocimiento del empleador, mi idea es demandar solamente a la ART pero por lo que tuve viendo es imposible que no se anoticie el empleador si esto llega a ir juicio (por ej por peritajes sobre los libros de la empresa) ¿Estoy en lo cierto?

Muchas gracias a quien pudiera darme algún consejo de cómo seguir, muchas gracias!
Tenés que iniciar seclo y demanda.

No se demanda al empleador, para eso tiene ART.
 #1135564  por Andresperes
 
DRA. MACA escribió:
Andresperes escribió:Estimado colegas tengo en trámite mi primer accidente por ART. Si bien estoy estudiando el tema estoy teniendo algunas dudas para arrancar. Es un trabajador que se operó el tobillo, pero quedo con secuela (no puede ya doblarlo como antes). La ART brindo toda la prestación en especie para el tratamiento médico.


Todavía la ART no fijo grado de incapacidad, ni llegó noticias al trabajador que haya arrancado el trámite en la S.R.T ¿En caso que no tenga noticias los intimo a lo que lo inicie, o lo inicio por cuenta del trabajador para determinar la incapacidad? El alta fue dada el 5 de abril de este año.
Por otro lado mi cliente no quiere que esto llegue a conocimiento del empleador, mi idea es demandar solamente a la ART pero por lo que tuve viendo es imposible que no se anoticie el empleador si esto llega a ir juicio (por ej por peritajes sobre los libros de la empresa) ¿Estoy en lo cierto?

Muchas gracias a quien pudiera darme algún consejo de cómo seguir, muchas gracias!
Tenés que iniciar seclo y demanda.

No se demanda al empleador, para eso tiene ART.
Gracias por la pronta repuesta Maca! me decís entonces que obvie todo el procedimiento medico y directamente pida turno en el SECLO previa intimación por telegrama a la ART?

Gracias!
 #1135574  por DRA. MACA
 
Andresperes escribió:
DRA. MACA escribió:
Andresperes escribió:Estimado colegas tengo en trámite mi primer accidente por ART. Si bien estoy estudiando el tema estoy teniendo algunas dudas para arrancar. Es un trabajador que se operó el tobillo, pero quedo con secuela (no puede ya doblarlo como antes). La ART brindo toda la prestación en especie para el tratamiento médico.


Todavía la ART no fijo grado de incapacidad, ni llegó noticias al trabajador que haya arrancado el trámite en la S.R.T ¿En caso que no tenga noticias los intimo a lo que lo inicie, o lo inicio por cuenta del trabajador para determinar la incapacidad? El alta fue dada el 5 de abril de este año.
Por otro lado mi cliente no quiere que esto llegue a conocimiento del empleador, mi idea es demandar solamente a la ART pero por lo que tuve viendo es imposible que no se anoticie el empleador si esto llega a ir juicio (por ej por peritajes sobre los libros de la empresa) ¿Estoy en lo cierto?

Muchas gracias a quien pudiera darme algún consejo de cómo seguir, muchas gracias!
Tenés que iniciar seclo y demanda.

No se demanda al empleador, para eso tiene ART.
Gracias por la pronta repuesta Maca! me decís entonces que obvie todo el procedimiento medico y directamente pida turno en el SECLO previa intimación por telegrama a la ART?

Gracias!
Asi es.
 #1135711  por Andresperes
 
Asi es.[/quote]

Gracias Maca! entonces los pasos a seguir serian esto:
1)Pericia al trabajador para que me determine la incapacidad
2)Intimar a la A.R.T y en base a la incapacidad de la Pericia abone lo correspondiente
3)Solicitar todo en SECLO

Por favor decime si estoy en el rumbo correcto

Muchas gracias!
 #1135885  por Andresperes
 
Andresperes escribió:Asi es.
Gracias Maca! entonces los pasos a seguir serian esto:
1)Pericia al trabajador para que me determine la incapacidad
2)Intimar a la A.R.T y en base a la incapacidad de la Pericia abone lo correspondiente
3)Solicitar todo en SECLO

Por favor decime si estoy en el rumbo correcto

Muchas gracias![/quote]

Algún colega me confirma si estoy en el rumbo correcto? Graciass!!!!
 #1163900  por hugohas88
 
Andresperes escribió:
Andresperes escribió:Asi es.
Gracias Maca! entonces los pasos a seguir serian esto:
1)Pericia al trabajador para que me determine la incapacidad
2)Intimar a la A.R.T y en base a la incapacidad de la Pericia abone lo correspondiente
3)Solicitar todo en SECLO

Por favor decime si estoy en el rumbo correcto

Muchas gracias!
Algún colega me confirma si estoy en el rumbo correcto? Graciass!!!![/quote]

Disculpen.... a mi me parece que estas equivocada...

En mi opinion, pasa por la SRT que cobre la incapacidad que le dan y despues andate a juicio por la diferencia con tu pericia particular. En mi provincia no hay mediacion obligatoria aclaro.
 #1163910  por DRA. MACA
 
Está hablando el caso el colega en capital federal, aca existe el seclo en forma obligatoria. No es igual en el resto de las provincias.
 #1163952  por adessoma
 
Andresperes escribió:pero por lo que tuve viendo es imposible que no se anoticie el empleador si esto llega a ir juicio (por ej por peritajes sobre los libros de la empresa) ¿Estoy en lo cierto?
Ojo que la ART puede repetir del empleador el pago de las indemnizaciones y de la cobertura de las contingencias no listadas.