Estimados tengo un caso en el que mi cliente fue despedido sin causa en un contrato a plazo fijo de acuerdo por los art 90 y 93 de la lct.
INICIA EL DIA 14/12/2015 Y FINALIZA 14/03/2016, Pero el dia 15/12/2015 le llega una tcl a su casa de la empresa rescindiendo de la relacion laboral, osea trabajo un dia.- NO HUBO PREAVISO
Debe indemnizar los tres meses? o solo un dia? por que articulo se indemniza por el art 247 o 245?
Como calculo los daños y perjuicios?
Gracias
INICIA EL DIA 14/12/2015 Y FINALIZA 14/03/2016, Pero el dia 15/12/2015 le llega una tcl a su casa de la empresa rescindiendo de la relacion laboral, osea trabajo un dia.- NO HUBO PREAVISO
Debe indemnizar los tres meses? o solo un dia? por que articulo se indemniza por el art 247 o 245?
Como calculo los daños y perjuicios?
Gracias
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