Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Intimación para jubilarme

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1135796  por jdesca
 
Hola,
Hoy la empresa en que trabajo me intimó por Carta Documento a cumplir con los trámites jubilatorios ya que dicen que cumplo con los requisitos establecidos en la Ley 24.241 art. 252.
Sin embargo yo recién tendré 65 años en el mes de diciembre próximo, con lo cuál aún no cumplo con los requisitos.
Es normal que me intimen 8 meses antes de la edad necesaria? Debo hacer algo?
Muchas gracias
Jorge
 #1135815  por JUANJOSE47
 
jdesca escribió:Hola,
Hoy la empresa en que trabajo me intimó por Carta Documento a cumplir con los trámites jubilatorios ya que dicen que cumplo con los requisitos establecidos en la Ley 24.241 art. 252.
Sin embargo yo recién tendré 65 años en el mes de diciembre próximo, con lo cuál aún no cumplo con los requisitos.
Es normal que me intimen 8 meses antes de la edad necesaria? Debo hacer algo?
Muchas gracias
Jorge
Hay que rechazar la CD por improcedente, dado que no se cumple a la fecha con
uno de los requisitos exigidos por la Ley 24241 (la edad)
Recien en diciembre proximo comenzara el plazo para realizar el tramite
(Dentro de un año a partir de esa fecha) LCT. Art. 252
Le corrijo que el articulo 252 que nombra la CD corresponde a la Ley de
Contrato de Trabajo.-
Saludos
 #1135870  por MARIO1943
 
jdesca escribió:Hola,
Hoy la empresa en que trabajo me intimó por Carta Documento a cumplir con los trámites jubilatorios ya que dicen que cumplo con los requisitos establecidos en la Ley 24.241 art. 252.
Sin embargo yo recién tendré 65 años en el mes de diciembre próximo, con lo cuál aún no cumplo con los requisitos.
Es normal que me intimen 8 meses antes de la edad necesaria? Debo hacer algo?
Muchas gracias
Jorge
HOLA JORGE
ESTE ES UN FORO DE PROFESIONALES, EL FIN DE ESTE FORO NO ES ASESORAR A PARTICULARES, YO TE ACONSEJARIA QUE RECURRAS A UN PROFESIONAL Y EL TE VA A DECIR BIEN QUE HAY QUE HACER, ANSES TIENE UN PLAN QUE SE LLAMA FELIZ CUMPLEANO, EL TRAMITE LO PODES EMPEZAR 4 MESES ANTES DE QUE CUMPLAS LA EDAD, DESPUES HAY QUE VER SI CUMPLIS CON EL MINIMO DE 30 ANOS DE APORTES Y SI EL EMPLEADOR O EMPLEADORES, NO REGISTREN DEUDA, TODO ESO S E OCUPA EL PROFESIONAL, NO OBSTANTE ESO , EL PROFESIONAL PUEDE IR HACIENDO AGUNOS TRAMITES EN ANSES ANTES DE LOS 4 MESES Y POR ULTIMO POR LO QUE VEO , QUE ESTAS TRABAJANDO EN RR.DD. SEGURO QUE VAS A TENER QUE HACER JUICIO DE REAJUSTES, POR MAS QUE REUNA 30 O MAS DE APORTES, PORQUE ANSES CON LOS INDICES QUE TIENE DE ACTUALIZACION, NADA QUE VER CON LA REALIDAD Y LA DIFERENCIA DEPENDE EL SUELDOS QUE TENGAS, PUEDE SER BASTANTE GRANDE, TODO ESO SE OCUPA EL PROFESIONAL